Colapso en cantones de reclutamiento: Mañana termina plazo para presentar excusas para no hacer el servicio militar
El pasado 18 de octubre se hizo el llamado masivo a jóvenes de 17 años que cumplen la mayoría de edad en 2020. La Dirección General de Movilización Nacional (DGMN) informó que "se ha extendido de manera extraordinaria el horario de atención para este 19 y 20 de noviembre de 2019, hasta las 23:00 horas".
Largas filas son el paisaje en varias comunas del país, ya que jóvenes junto a sus padres repletan cantones de reclutamiento para poder presentar las excusas y así, no hacer el servicio militar.
El pasado 18 de octubre se hizo el llamado masivo a jóvenes de 17 años que cumplen la mayoría de edad en 2020, terminando el plazo mañana.
No obstante, debido a las largas filas, la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN) informó que para presentar su documentación al proceso de Reclamación al Servicio Militar, "se ha extendido de manera extraordinaria el horario de atención para este 19 y 20 de noviembre de 2019, hasta las 23:00 horas".
Quienes no puedan entregar la documentación requerida, podrán presentar los certificados médicos, de estudios o los que considera la Ley 2.306, durante el proceso de Selección a las Fuerzas Armadas, a efectuarse en marzo de 2020.
¿Cuáles son los motivos para "sacarse" el servicio?
- Los declarados no aptos por imposibilidad física o psíquica.
- Los miembros de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública y el personal de Gendarmería de Chile.
- A quienes el cumplimiento del servicio militar ocasione un grave deterioro en la situación socioeconómica de su grupo familiar, ya que son su principal fuente de ingreso.
- Quienes contrajeron matrimonio, que estén en vías de ser padres o lo sean con anterioridad al primer sorteo de selección del contingente.
- Quienes han sido condenados a pena aflictiva, salvo que la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN) los considere moralmente aptos. En todo caso, la amnistía extingue la causal de exclusión señalada en este numeral.
- Los descendientes por consanguinidad en línea recta y en línea colateral, ambos hasta el cuarto grado inclusive, de víctimas de violaciones de los derechos humanos o de violencia política.
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