Corte Suprema admite a trámite solicitud de remoción de directora y de consejero del INDH

Comision especial investigadora servicio militar 08/07/2024
La directora del Instituto Nacional de Derechos Humanos, INDH, Consuelo Contreras. Foto: Aton Chile.

Esto, tras un requerimiento de la Cámara de Diputados que acusa a Consuelo Contreras y Francisco Ugás de “negligencia manifiesta e inexcusable en el ejercicio de sus funciones”, luego de que el organismo se querellara por un presunto “tráfico de influencias” en el máximo tribunal.


La Corte Suprema admitió a trámite la solicitud realizada por la Cámara de Diputados en la que demanda la remoción de la directora del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), Consuelo Contreras, y del consejero del mismo organismo, Francisco Ugás.

La Sala de la Cámara aprobó el pasado 3 de julio, por 66 votos a favor, la solicitud de remoción presentada por diputados de las bancadas de Chile Vamos (RN, UDI y Evópoli), la que indica que ambos funcionarios habrían incurrido en una “negligencia manifiesta e inexcusable en el ejercicio de sus funciones” al “promover una querella por el delito de tráfico de influencias”.

Esto, en alusión a la polémica acción judicial que presentó el INDH tras la divulgación de un informe policial que dio cuenta de presuntas irregularidades en la designación de María Teresa Letelier como ministra de la Corte Suprema en 2021 y que involucra, entre otros, al exjuez Juan Antonio Poblete y al exministro de Defensa Mario Desbordes (RN).

Y esta jornada, el máximo tribunal indicó que la solicitud fue acogida a trámite conforme a lo dispuesto en la ley 20.405, que rige el funcionamiento del INDH.

“Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 7° de la Ley N° 20.405, y por estimarse que concurren en la especie los requisitos formales que dispone la ley, se admite a tramitación la solicitud de remoción formulada en la presentación incorporada en el folio 1″, sostiene el oficio de la Corte Suprema.

En el texto, se indica que se debe informar de forma personal a los afectados, Consuelo Contreras y Francisco Ugás, en un plazo de 15 días hábiles, además de entregarles una copia digital de todos los antecedentes fundantes de la solicitud de remoción.

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