Corte Suprema rechaza solicitar extradición del exfrentista Muñoz Hoffman a Bolivia por prescripción de los delitos

Exfrentista Pablo Muñoz Hoffman

El máximo tribunal consideró lo sostenido, el martes, por el fiscal judicial, sobre la prescripción de los hechos por los que era requerido Pablo Muñoz Hoffman. En su resolución, consideró que han pasado 33 años desde los hechos y 28 años desde que prescribieron.


Casi diez días han pasado desde que la Policía Boliviana detuvo, en La Paz, al exfrentista Pablo Muñoz Hoffman, quien se fugó del país hace 28 años. Este miércoles, y luego de que la justicia del país altiplánico dejó en libertad al prófugo de la justicia chilena, la Corte Suprema revisó la solicitud de extradición, rechazando -finalmente- requerir a Bolivia la extradición del miembro del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR).

Fue la segunda sala del máximo tribunal, la que en su sesión de este miércoles, revisó el requerimiento del 34° Juzgado del Crimen de Santiago, en el que se requería que la Corte Suprema chilena requiriera a la justicia boliviana la extradición de Muñoz Hoffman, quien fue detenido en el país vecino el 6 de enero pasado, debido a una alerta roja internacional que emitió Chile tras su escape del territorio nacional.

Muñoz Hoffman era requerido por la justicia chilena como autor de los delitos de robo con intimidación y robo con violencia, los que ocurrieron el 22 de enero de 1992, luego de que el exfrentista participara -junto a otros sujetos- en el robo a un camión de valores en la cercanía del Campus San Joaquín de la Universidad Católica (UC).

Además de eso, Muñoz Hoffman fue uno de los tres frentistas que en 1996 se fugaron de la Cárcel de Alta Seguridad de Santiago, en una cinematográfica huida en helicóptero, en el denominado “vuelo de justicia”. Hasta ahora, el exfrentista apresado en Bolivia hace poco más de una semana, era el único de los cuatro fugados que no había sido recapturado.

El “no” de la Suprema

Como sexto punto en la tabla de la Segunda Sala, este miércoles los ministros integrantes de dicha instancia, Manuel Valderrama, Leopoldo Llanos, la ministra María Gajardo y los abogados integrantes Pía Tavolari y Eduardo Gandulfo, decidieron rechazar el requerimiento de extradición a Bolivia solicitado por 34° Juzgado del Crimen de Santiago, quien fue representado en la audiencia por un juez suplente.

La resolución del máximo tribunal, recoge lo referido, principalmente por el informe del fiscal judicial, Jorge Pizarro que revisó el requerimiento por la causa de Muñoz Hoffman y recomendó rechazar la solicitud.

En dicho análisis, el Pizarro concluyó que “no resulta procedente acoger la solicitud de extradición de Pablo Alberto Muñoz Hoffman, a la República de Bolivia”, basando sus argumentos en la prescripción de los delitos debido al tiempo que ha transcurrido.

fpmr Pablo Muñoz Hoffman
Pablo Muñoz Hoffman fue uno de los cuatro guerrilleros del FPMR que escaparon en helicóptero desde la Cárcel de Alta Seguridad de Santiago, en 1996.

En ese sentido, el fallo de la Suprema argumenta que según el Código Penal, la prescripción de los delitos por los que se acusaba a Muñoz Hoffman era de 10 años, concluyen que “ha transcurrido con creces el plazo para entender como prescrita la acción penal, toda vez que desde la época de ocurrencia de los hechos han transcurrido 33 años y desde el cese de la persecución pernal, lo han hecho 28″.

El tiempo, precisamente, es uno de los requisitos, según los tratados internacionales y acuerdos entre Chile y Bolivia, fundamentales a la hora de aprobar una extradición, ya que los hechos a juicio de dicha normativa no pueden estar prescritos. Algo que sí sucede en este caso.

Respecto a esto último, la Suprema resolvió que “conforme fue demostrada en la motivación precedente, no asiste en el caso concreto, debiendo a causa de lo anterior, declararse la improcedencia de la solicitud de extradición activa en estudio”, fallando finalmente que se declara “que no es procedente solicitar al gobierno boliviano la extradición de Pablo Alberto Muñoz Hoffman, por su responsabilidad como autor de los delitos de robo con intimidación y robo con violencia”.

Misma resolución en la que también dejó sin efecto la orden de detención preventiva, mientras se resolvía este requerimiento, que elevó la Suprema al país vecino. Fallo en el que, además, el máximo tribunal destacó que “la extradición en estudio no recae sobre el cumplimiento de la pena impuesta a 4 años de presidio menor en su grado máximo por el delito de asociación ilícita terrorista o sobre el quebrantamiento de la misma”.

Reacciones

A juicio de la defensa de Pablo Muñoz Hoffman, Alberto Espinosa, la decisión del máximo tribunal “es un triunfo del derecho por sobre el odio, el encono y la venganza”. En esa línea, agrega que “la resolución de la Corte Suprema responde a nuestras expectativas, lo que siempre dijimos, y es que aquí había una persecución penal que no tiene justificación en el derecho”.

Sobre a futuras acciones, Espinosa afirmó que desconoce cuál será la reacción del gobierno -que hasta el cierre de esta edición no se había referido a la resolución- o a la UDI, destacando que por su parte “damos por concluido el tema de la extradición, así entiendo que lo define muy claro la sentencia de la Corte Suprema”.

El senador Juan Antonio Coloma (UDI), por su parte, afirmó que él pensaba que se iba a acceder a la extradición, sosteniendo que encuentra “bien increíble” lo sucedido. E

n conversación con 24 Horas, el senador afirmó que “aquí hay que tener mucha energía para entender que el terrorismo hay que perseguirlo de todas maneras, en todos los lugares y con la misma fuerza que nosotros reclamamos a otros países, que no conceden extradiciones, también tenemos que ser autocríticos en el sentido, particularmente en este delito que tienen normas especiales de prescripción se cumpla estrictamente a quien ha cometido esos actos”.

“Una persona que se fugó del país, estuvo siendo buscado por Interpol por muchos delitos, que sea finalmente atrapado en Bolivia, pudiendo haberse concedido la extradición, no se haga, a mí me parece que no es la respuesta que yo esperaba por parte de quienes tomaron la decisión”, agregó el senador de la UDI.

Pablo Muñoz Hoffman
Pablo Muñoz Hoffman había sido detenido en Bolivia, a casi 30 años de "la fuga del siglo".

Rodrigo Ríos, exfiscal y académico de la Universidad Finis Terrae, explica que a su juicio, la resolución del máximo tribunal deja sin efecto las solicitudes de detención internacional. Algo que no ocurre en territorio nacional, ya que en el caso de las órdenes de detención en el país “quedarán sin efecto mediante una resolución judicial dictada por el mismo tribunal (34° Juzgado del Crimen), a través de lo que se denomina una ‘contraorden judicial’”.

“Técnicamente la orden seguirá vigente mientras no sea dejada sin efecto en los términos señalados, y que es lo que la defensa debería solicitar ahora ante dicho tribunal invocando el fundamento de la prescripción”, concluye Ríos. Desde el Poder Judicial, explican que la prescripción está pronunciada a propósito de la solicitud de extradición, por lo que para que la causa se archive debe ser tramitado ante el 34° Juzgado del Crimen, donde se tramita, ya sea vía oficio o solicitud de la defensa.

Consultado respecto a aquello, Espinoza considera que la resolución de la Suprema es “suficientemente clara”.

Sobre si Muñoz Hoffman regresará al país tras la decisión de la Suprema, el abogado del exfrentista sostuve que lo desconoce y que “es una decisión que él tendrá que tomar en términos muy personales”.

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