Tribunal Constitucional deroga norma que prohibía consultas médicas o de tecnólogos en ópticas
El artículo 126 del Código Sanitario establecía que "en ninguno de estos establecimientos estará permitida la instalación de consultas médicas o de tecnólogos médicos".
Por nueve votos contra uno el pleno del Tribunal Constitucional (TC) resolvió la derogación del artículo 126, inciso segundo, parte final del Código Sanitario.
Dicha norma decía relación con los establecimientos de óptica y la recepción y despacho de recetas médicas. Respecto a este punto, detallaba que "en ninguno de estos establecimientos estará permitida la instalación de consultas médicas o de tecnólogos médicos".
El TC estableció la "contrariedad de dicha norma con la Constitución Política", motivo por el que se determinó su derogación luego que sea publicada la sentencia en el Diario Oficial.
Esta resolución pone fin a una disputa entre los optómetras y oftalmólogos que se remonta al 2011 cuando se creó la Ley de Optometría. Desde el Colegio Médico han argumentado que podría surgir un conflicto de interés por parte de los especialistas de la salud que trabajen en estas consultas asociadas a establecimientos de ópticas.
"Lamentamos que se esté abriendo la puerta a la desregularización de las actividades en torno a la salud visual en nuestro país. Esta medida sin dudas tendrá impactos negativos, particularmente en el ámbito de la salud pública", indicaron desde la Sociedad Chilena de Oftalmología. "Derogar la norma vigente expone a la población a riesgos sanitarios reales y concretos".
"Esta medida repercutirá en que la prescripción y venta de lentes se realicen en el mismo lugar, fuera del equipo de salud, contraviniendo los principios y normas de funcionamiento de centros de salud que define la Organización Mundial de la Salud", indicaron en un comunicado. "Un mal diagnóstico realizado al margen de la red de salud reconocida por la autoridad sanitaria puede incrementar el riesgo de que patologías de alta prevalencia, como glaucoma y retinopatía diabética, no se detecten a tiempo, con un daño irreparable para miles de chilenos.
Ópticas de Chile por su parte, indicó que la medida era "un tremendo avance para cumplir con los lineamientos de la Organización Mundial de la Salud al destrabar el monopolio del diagnóstico de vicios de refracción, para extender la prescripción de lentes a tecnólogos médicos con mención en oftalmología y a optómetras".
"La evidencia demuestra las ventajas en el acceso, calidad y protección financiera cuando el examen visual primario puede ser realizado por profesionales al interior de las ópticas, y es regulado clínica y éticamente por la autoridad sanitaria y los colegios profesionales", expresaron. "Nos parece fundamental construir un entorno colaborativo y acercar a las ópticas, desplegadas en todo nuestro territorio, a las comunidades en para brindar una atención de calidad y prestar servicios para contribuir a mejorar la salud visual de los chilenos".
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