Congreso aprueba reforma a la Ley de Donaciones Culturales que aumenta beneficiarios
Entre los cambios, se incorporan como donantes a personas naturales y empresas con pérdidas.
Aprobada en 1992 e impulsada por el fallecido abogado y senador Gabriel Valdés, la Ley de Donaciones Culturales, más conocida como Ley Valdés, nació con la idea de incentivar los aportes de empresas privadas a la cultura, a cambio de la exención tributaria. Entre los casos exitosos está el Festival Santiago a Mil, que para funcionar recibe apoyo de privados, los que luego reducen impuestos. O el Teatro Municipal, que también se acoge a la ley, destinando un porcentaje de sus funciones gratis o a menor precio.
Desde ahora, sin embargo, los beneficiados serán muchos más. Ayer, en Valparaíso, el Senado aprobó una serie de reformas a la Ley de Donaciones Culturales, entre las que se cuenta, por ejemplo, la ampliación de los donantes. Si antes sólo incluía a las empresas privadas con utilidades, ahora se pueden sumar las empresas con pérdidas, las personas naturales (trabajadores dependientes), los contribuyentes del impuesto a la herencia y los extranjeros con actividad en Chile.
"Es histórico. Esta reforma significa un enorme salto para la cultura y el patrimonio en nuestro país. Todo aquel que quiera donar no tendrá ninguna excusa, pero sí muchos incentivos para hacerlo", señaló el ministro de Cultura, Luciano Cruz-Coke, principal articulador de las modificaciones presentadas por primera vez en 2011, mismo año en que Gabriel Valdés falleció.
En cuanto a los beneficiarios de la ley, hasta ahora los principales eran las fundaciones, bibliotecas y museos abiertos al público y universidades, entre otras. Sin embargo, en 2010 el terremoto desnudó la precariedad de las construcciones patrimoniales, lo que motivó que la nueva ley acogiera también a los propietarios de inmuebles declarados Monumento Nacional, para que reciban incentivos tributarios si es que invierten dinero reparando o manteniendo dichos inmuebles, y a la Dibam, que podrá disponer de financiamiento extra con la reforma. En un principio, también se sumaban las pymes dedicadas a la producción de actividades culturales, pero en marzo la idea fue desechada, debido al rechazo que despertó la idea de que empresas con fines de lucro pudieran acceder al beneficio, lo que se contraponía con el espíritu inicial de la ley.
Otro punto clave es cómo estas actividades culturales se retribuyen al público. En ese sentido, por ejemplo, un proyecto audiovisual deberá entregar una licencia al Consejo de la Cultura para su exhibición por TV abierta y un proyecto editorial tendrá que destinar un porcentaje de la edición de libros para distribución gratis en bibliotecas. Las obras beneficiadas no se podrán comercializar si no cumplen antes con estas condiciones.
Trámites y fiscalización
Para el director del Museo de Arte Contemporáneo, Francisco Brugnoli, la reforma abre bastantes expectativas. "Espero que esta ley esté a la altura de la imagen país, que se muestra afuera como potente en términos económicos. Espero que la ley beneficie en mayor medida a instituciones que tienen más historia y tradición, que sea una ley más seductora para quienes aportan el dinero y así apoyen a las instituciones sin tanto trámite".
Bajo la reforma, los plazos de la ejecución de los proyectos se extenderán de dos a tres años. "Además, existirá una plataforma electrónica, donde el postulante a un proyecto podrá seguir el proceso de postulación en internet, haciendo así el trámite más sencillo", señala Cruz-Coke.
En la nueva modalidad habría también una mejora de la fiscalización, al reforzar el rol del Comité Calificador de Donaciones Culturales. Cada año, los beneficiarios deberán entregar información actualizada al comité sobre el estado de avance de los proyectos y, eventualmente, si hubieran hecho uso de los recursos para fines distintos de los aprobados, podrían ser obligados a devolver el beneficio. También habrá sanciones por mal uso que no afectarían al donante.
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