Corte Suprema da luz verde a mega central eléctrica de Codelco en Ventanas

Con un fallo de cinco a cero, la Tercera Sala del máximo tribunal -la misma que frenó el proyecto Campiche de AesGener- rechazó dos recursos de protección interpuestos por organizaciones comunales de la zona.




La Tercera Sala de la Corte Suprema confirmó este lunes, con un categórico cinco a cero, los dos fallos de la Corte de Valparaíso que rechazaron los recursos de protección interpuestos por organizaciones comunales contra la construcción de la Central Termoeléctrica Energía Minera (filial de Codelco) en la zona de Ventanas.

La Tercera Sala -la misma que paralizó en junio la construcción de la central Campiche, de AesGener, en Valparaíso, al anular el permiso ambiental- validó la resolución de calificación ambiental dictada por la Corema V Región, que autorizó la ejecución del proyecto de Codelco. Este implicará una inversión de hasta US$1.700 millones y una producción máxima de 1.050 MW de energía, por medio de tres unidades de generación termoeléctrica en las comunas de Puchuncaví y Quintero.

La megacentral, que es parte de un proceso de licitación que lleva adelante Codelco, busca satisfacer las necesidades de energía de la minera en la zona central del país y, además, aportar energía al SIC (Sistema Interconectado Central, que abarca desde Taltal a Chiloé).

Como la cuenca donde se emplazará el proyecto de Central Termoeléctrica Energía Minera (CTEM) fue declarada zona saturada por el DS 252, la empresa deberá compensar el 110% de sus emisiones. Esto quiere decir que si se construye, tendrá que realizar inversiones no sólo para mantener la actual calidad del aire, sino para mejorarla.

Con ese fin, el proyecto propone invertir más de US$10 millones en nuevas tecnologías y mejoramientos de la Fundición y Refinería de Ventanas, de Codelco. Esto permitirá reducir sus actuales emisiones y abrir un espacio para el funcionamiento de CTEM sin afectar la calidad de vida de los habitantes de la región, ha afirmado Codelco durante el proceso.

Los recursos de protección habían sido presentados por organizaciones comunales en contra de la resolución de calificación ambiental. Se argumentó que, al dictarla, se habría incurrido en actos ilegales y arbitrarios que afectaban el derecho a la vida y a vivir en un medioambiente libre de contaminación. El primero de los recursos se fundaba en que la sesión aprobatoria del proyecto se había hecho sin la participación de los consejeros regionales y el segundo, en que el plan de descontaminación de Ventanas no contempla la posibilidad de instalar fuentes nuevas de emisión.

La defensa de Codelco, firma que busca, además, incorporar un nuevo actor en generación al SIC o con participación menor a 10% en el sector eléctrico nacional, estuvo a cargo de Gonzalo Fernández, de Carey y Cía., mientras los demandantes fueron Matías Guiloff y Alejandro Chaparro.

Fuentes ligadas al proceso tomaron distancia sobre lo ocurrido con  Campiche. "En ese caso, la misma sala de la Corte Suprema revocó una autorización de la Corema, ya que consideró que estaba mal emplazada, lo que era una ilegalidad. Se emplazó en una zona de restricción, una zona verde. En cambio, en el caso de  Codelco, hay un emplazamiento en una zona industrial, cumpliéndose con toda la legislación. La Suprema resuelve caso a caso", dicen.

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