Penta: decretan que fiscales declaren en el caso y se abre riesgo de inhabilitación
Juez ordenó interrogatorio a Carlos Gajardo y Pablo Norambuena sobre un supuesto acuerdo con la defensa de los ex controladores de la firma. Ministerio Público acusó que la petición es una manera "encubierta" para sacar a persecutores.
Por primera vez desde que se inició la Reforma Procesal Penal, dos fiscales del Ministerio Público podrían prestar declaración en el marco de una causa que están investigando.
Esto porque el juez del Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, Juan Manuel Escobar, decretó que el jefe de la Unidad de Alta Complejidad de la zona Oriente, Carlos Gajardo, su par Pablo Norambuena y un funcionario de la Brigada de Delitos Funcionarios de la PDI den su testimonio respecto a un supuesto acuerdo entre el Ministerio Público y los ex controladores de Penta, Carlos Lavín y Carlos Délano, para llegar a un juicio abreviado.
Ambos empresarios fueron imputados por los presuntos delitos tributarios vinculados a financiamiento irregular de campañas políticas e interrogados los días 5 y 6 de enero de 2015.
Según explicó ayer el abogado defensor, Julián López, en una audiencia donde se decretó la reapertura de la causa por 120 días -luego de que la fiscalía pidiera 10 años de pena para ambos-, estas declaraciones deberían ser excluidas como prueba en un eventual juicio oral, debido a que los testimonios se habrían tomado bajo "engaño".
Ante esto, López solicitó que Gajardo y Norambuena presten declaración, así como también sus defendidos, Délano y Lavín. Para ello requirió que los interrogatorios fueran realizados por un fiscal que no formara parte de la causa.
"Lo que estamos solicitando es tener los elementos suficientes para poder justificar una solicitud de exclusión probatoria en la audiencia de preparación de juicio oral (…). Esta solamente puede fundarse en los testigos presenciales de ese hecho que ocurrió entre cuatro paredes en las oficinas de la fiscalía", argumentó López.
Agregó que "la razón por la cual mis representados prestaron una declaración autoincriminatoria se funda en que cuando los fiscales citaron (a los imputados) les informaron que habían llegado a un acuerdo con su defensa en el 100% de los puntos de un procedimiento abreviado. Posteriormente, la fiscalía incumplió este compromiso".
Este supuesto "engaño" fue negado por el Ministerio Público y el fiscal regional Oriente, Manuel Guerra, pidió que rechazaran la petición, porque si llegaban a declarar como testigos, podrían ser citados en el juicio oral y podrían salir del caso por una posible inhabilidad. Sin embargo, López agregó que no busca la salida de los persecutores ni que presten testimonio en el juicio.
"Si los señores Délano y Lavín cambian de defensa y dicen que sí quiere citarlos a declarar en el juicio (...) el efecto que se genera es de alterar la forma en que se debe desenvolver el proceso (...) avizoramos la posibilidad de que ellos puedan ser citados al juicio, desnaturalizando su función de fiscales", replicó Guerra.
Finalmente, el magistrado aceptó la solicitud de López. "No se divisa una vulneración de las facultades propias del Ministerio Público, en el sentido de que uno de sus fiscales no pueda también responder estas sencillas preguntas que ha solicitado una de las defensas", dijo Escobar.
A la salida de la audiencia, Guerra reiteró que la decisión altera el rol de los investigadores "transformándolos de fiscales en testigos y derechamente, aunque se diga que no hay una maniobra destinada a tratar de sacarlos de esta investigación, es una manera encubierta (de hacerlo)", indicó el fiscal regional de la zona Oriente.
Explicó, además, que analizarán las medidas a tomar para poder revertir la decisión, lo que podría traducirse en un recurso ante la Corte de Apelaciones.
Respecto a si efectivamente existía o no un acuerdo entre las partes, Guerra dijo que "nunca se ha dicho que no se hayan discutido condiciones de procedimiento abreviado (...). Que las declaraciones se hayan prestado en un contexto de engaño, la verdad que es poco creíble".
Anteriormente, en dos entrevistas tanto López como el fiscal Gajardo evitaron referirse a los detalles del supuesto acuerdo al estimar que se trataban de temas privados entre abogados.
"No voy a entrar al detalle de las conversaciones privadas que he tenido o no con el Ministerio Público", dijo López a La Tercera en 2016.
Secreto profesional
Un punto que surgió como duda frente a esta situación es si las conversaciones entre los persecutores y la defensa de los ex controladores de Penta están amparadas en el secreto profesional.
Consultada la ex presidenta del Colegio de Abogados, Olga Feliú, respecto a si en este caso los fiscales Carlos Gajardo y Pablo Norambuena podrían acogerse a este derecho de los abogados, dijo que "no se podrían amparar porque no son abogados de la causa, son funcionarios del Estado y como tal tienen el ejercicio de la acción penal pública (...) no son una parte de defensa o de acusación propia del ejercicio de la abogacía".
Comenta
Por favor, inicia sesión en La Tercera para acceder a los comentarios.