Preguntas y respuestas para entender el proceso
- ¿Qué es la Corte Internacional de Justicia de La Haya?
La Corte o Tribunal Internacional de Justicia de La Haya es el principal organismo judicial de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Su función es resolver, de acuerdo con el derecho internacional, las controversias jurídicas entre los Estados y emitir opiniones consultivas.
- ¿Quiénes componen el tribunal?
El Tribunal está compuesto por 15 jueces, que son elegidos por un mandato de nueve años por la Asamblea General de las Naciones Unidas y el Consejo de Seguridad. Los idiomas oficiales del organismo son el inglés y el francés.
- ¿Por qué se recurre a la Corte Internacional de Justicia de La Haya?
Porque es el organismo de las Naciones Unidas encargado de resolver las controversias entre sus Estados miembros, fallando de acuerdo al derecho internacional.
- ¿Cuándo y quién presentó la demanda por el límite marítimo?
La demanda fue presentada por Perú ante la secretaría de la Corte Internacional de Justicia de La Haya el 16 de enero de 2008, dando inicio al proceso del litigio marítimo con Chile.
- ¿Qué demanda Perú a la Corte Internacional de Justicia?
Según señala la demanda presentada en 2008, Perú solicita a la Corte que determine el límite marítimo entre los dos países, a partir del punto en que la frontera terrestre entre Chile y Perú llega al mar. Según Perú, ese punto es el denominado Concordia o punto 266, y no el Hito 1, aludido por Chile como el lugar desde donde se proyecta la frontera hacia el mar siguiendo el paralelo 18°21'03'' Sur.
Tal como indica la demanda "corresponde el trazado de una línea equidistante a partir de las costas de ambos países para lograr una solución de equidad, ante la ausencia de circunstancias especiales en el área".
Además, se solicita que el tribunal reconozca los "derechos soberanos exclusivos que el Perú posee sobre el área de mar peruano que se extiende más allá de las 200 millas marinas del territorio de Chile y que ese país considera alta mar", esto es, el denominado "triángulo exterior".
- ¿Qué solicita Chile al tribunal de La Haya?
Tras los alegatos orales, Chile pidió al tribunal que "declare improcedentes las peticiones de Perú en su totalidad, y que declare que las zonas marítimas han sido delimitadas plenamente, que dichas zonas marítimas están delimitadas por el paralelo de latitud que pasa por el Hito 1, y que Perú no tiene derecho ni soberanía sobre ninguna zona marítima al sur del paralelo".
- ¿Por qué ha demorado seis años el proceso en la Corte?
La Corte no tiene plazos determinados para definir una controversia, pero usualmente cada caso toma años dado que cada parte debe presentar documentos en la etapa escrita y luego presentarse a los alegatos orales. Desde que se presentó la demanda, la Corte estipuló los plazos para este proceso, la que concluyó en diciembre de 2012. En diciembre de 2013 finalmente se anunció que la sentencia será leída el 27 de enero de 2014.
- ¿Quién paga las costas del juicio?
Independiente del resultado, los costos del juicio los paga cada parte.
- Si la Corte acoge la demanda peruana, ¿cuánto tiempo se tiene para implementar el fallo?
En general, no se dan plazos para cumplir con la sentencia, debido a que, normalmente, se estima que los Estados son libres para evaluar cuánto tiempo necesitan para implementar lo ordenado.
- ¿Si la Corte desecha la demanda peruana, qué ocurre?
Por el lado de Chile, no habría cambios en su soberanía sobre el área en disputa. La diferencia es que con la certeza de un fallo se ratificaría para toda la comunidad internacional el límite marítimo que Chile ha sostenido por seis décadas. Por el lado de Perú, de todos modos tendría que haber una ejecución progresiva, pues en esa eventualidad su legislación y cartografía oficial estarían reñidas con el fallo de la Corte, y tendría que adecuarlas, procesos que toman cierto tiempo.
- ¿Cuantos procesos de demanda puede enfrentar un país?
Un país puede enfrentar distintas demandas al mismo tiempo. Actualmente, Chile también está demandado por Bolivia para lograr una salida al mar.
- ¿Perú puede volver a demandar a Chile por este caso si no queda confirme con la sentencia?
Perú no puede volver a demandar a Chile por alguno de los argumentos utilizados en esta controversia. Lo que zanje la Corte genera el efecto de "cosa juzgada", es decir que no puede volver a revivir lo que ya fue decidido.
- ¿Qué hubiese pasado si Chile no aceptaba ir a La Haya?
Jurídicamente, Chile no podría haberse negado ya que por ser parte del Pacto de Bogotá, está obligado a someterse a la jurisdicción de La Haya. En caso de no haberse presentado, el juicio habría continuado en "rebeldía" y sin la defensa chilena, con sentencia probablemente a favor de Perú.
- ¿El fallo se puede apelar?
No es posible apelar al fallo. Las sentencias de la Corte son definitivas, lo que obliga jurídicamente a las partes a cumplir lo que se decida, y tampoco se da lugar a que otra corte revise el juicio. Sin embargo, existen dos recursos extraordinarios, uno es de revisión, que se aplica en caso de que aparezca un hecho nuevo desconocido por las partes, y que hubiese hecho cambiar la sentencia de la Corte. El otro es la solicitud de interpretación, que se puede dar cuando alguna de las partes no entiende la sentencia y se solicita una explicación, este recurso es excepcional y no modifica el sentido del fallo.
- ¿Qué pasa si alguno de los países no acata el fallo?
El país beneficiado por la sentencia de la Corte tiene tres vías para hacer que ésta se cumpla. Primero, a nivel multilateral, podría ejercer presión a través de foros diplomáticos, subregionales (Unasur), regionales (OEA) o mundiales (Naciones Unidas). Segundo, dado que incumplir un fallo de la Corte Internacional de Justicia constituye un hecho ilícito en sí mismo, se puede iniciar otro caso ante la misma Corte (un caso nuevo, por hechos nuevos). Tercero, a nivel bilateral y de acuerdo al derecho internacional se podrían tomar contramedidas: es decir, se podría legítimamente dejar de cumplir con obligaciones de carácter bilateral que benefician directamente al Estado que incumple el fallo. Respecto a esta última posibilidad se exceptúan los tratados sobre promoción de inversiones, pues en este tipo de tratados las obligaciones se asumen no con respecto al Estado contraparte sino directamente respecto de los inversionistas.
- ¿Los países pueden salirse del Pacto de Bogotá y así evitar un fallo en contra?
No. El Pacto de Bogotá es un mecanismo de carácter regional que proporciona jurisdicción a la Corte Internacional de Justicia. Una vez que la Corte tiene jurisdicción, por el mecanismo que sea, existe obligación de cumplir el fallo; y la base fundamental de esa obligación de cumplir es la membresía de la ONU. Además de no tener efecto retroactivo sobre un juicio en curso o sobre un fallo ya entregado, una desvinculación del Pacto de Bogotá tampoco tiene efecto inmediato hacia el futuro, ya que los demás países que integran este mecanismo regional tienen plazo de un año para entablar todas las demandas posibles contra el Estado en cuestión.
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