Funcionarios no podrán usar redes sociales para fines políticos durante su jornada laboral
Instructivo del gobierno establece que trabajadores del sector público solo podrán realizar actividades de carácter político fuera del horario laboral. Para los cargos de confianza, sin embargo, primará la petición del Presidente Piñera: prescindencia absoluta.
El martes, cuando quedaban pocas horas para el inicio del periodo legal de campaña, el gobierno envió a todas las reparticiones públicas el instructivo que fija las reglas de prescindencia que deben cumplir sus trabajadores de aquí al 26 de abril, cuando se lleve a cabo el plebiscito constitucional.
El documento, firmado por el ministro del Interior, Gonzalo Blumel, también aplicará para el periodo de propaganda asociado a los comicios municipales y de gobernadores regionales de octubre. Y, asimismo, en el caso de que la opción “apruebo” se imponga en el referéndum, respecto de una eventual elección de convencionales constituyentes.
El instructivo establece que todos los funcionarios de la administración del Estado, “cualquiera sea el estatuto jurídico que los rija”, estarán impedidos de realizar cualquier actividad de carácter político en el marco de su jornada laboral. Esto, incluyendo el uso de sus cuentas personales en redes sociales.
“La jornada de trabajo es un medio fundamental para dar cumplimiento a una de las finalidades de la Administración del Estado, cual es la atención continua y permanente de las necesidades de la comunidad, que no puede verse alterada, bajo ningún aspecto (...) como, por ejemplo, el uso de cuentas individuales de redes sociales durante la jornada de trabajo para actividades políticas”, se lee en el texto de nueve páginas.
Así, los empleados públicos solo podrán ejercer sus derechos políticos y hacer campaña por las distintas opciones cuando no estén cumpliendo funciones propias de su cargo. Esto, sin embargo, explican en La Moneda, no aplicará para autoridades de confianza del Presidente Sebastián Piñera, como ministros de Estado, subsecretarios e intendentes, quienes -a petición del propio Mandatario- tendrán que mantener prescindencia absoluta, al menos, respecto de las alternativas que serán plebiscitadas en abril.
El oficio advierte, además, que los empleados públicos no podrán valerse de sus cargos “para favorecer o perjudicar determinada tendencia”. Como tampoco, “por ningún medio, dar órdenes, instrucciones o sugerencias que impliquen o induzcan a los funcionarios de su dependencia a transgredir los principios y normas sobre la prescindencia política”.
Por otro lado, se advierte respecto del uso adecuado “de bienes, vehículos y recursos físicos y financieros” públicos, los que no podrán ser destinados, en ningún caso, “para realizar o financiar actividades de carácter político contingente, tales como hacer proselitismo o propaganda política, promover o intervenir en campañas o efectuar reuniones o proclamaciones”.
Respecto del financiamiento de campañas, el instructivo señala que ni los órganos de la administración del Estado ni sus empresas ni aquellas instituciones en que tenga alguna participación podrán “efectuar, directa o indirectamente, aportes de campaña electoral”.
Los trabajadores del sector público que no cumplan con el instructivo pueden arriesgar incluso la destitución o término de la relación laboral.
Comenta
Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.