La amenaza del quórum: vicio de forma podría echar atrás tramitación de reforma electoral

ALVARO ELIZALDE - MATIAS WALKER
Divergencia por quórum amenaza a la reforma electoral

Una diferencia jurídico-técnica entre Senado y la Cámara, al momento de tramitar el proyecto que extiende a dos días los próximos comicios, podría ser el foco de un "vicio de constitucionalidad", a juicio de algunos juristas. En vista de que el Tribunal Constitucional inevitablemente debe revisar el texto, existe el riesgo de que al menos una etapa de la tramitación legislativa deba deshacerse.


Tras varias semanas de incidentes políticos, el Senado tiene previsto discutir este miércoles el veto enviado por el Presidente Gabriel Boric, en un último esfuerzo para corregir y tratar de destrabar la reforma que extiende a dos días las elecciones de octubre y que implementa un conjunto de medidas electorales.

Sin embargo, al margen de que comience a bajar la beligerancia de la discusión política, hay un inconveniente de índole formal con el quórum (concepto de origen latino que significa “de los cuales” y que alude a la cantidad mínima de legisladores “de los cuales” su presencia es suficiente para aprobar un texto).

En la tramitación del proyecto hubo una inusual diferencia de criterios entre la Secretaría del Senado y la Secretaría de la Cámara de Diputados, que interpretaron dos quórum distintos de aprobación. Es decir, cada rama del Congreso votó, aprobó o rechazó artículos con un piso diferente de legisladores.

Este tema no quedó resuelto con el veto que envió el Presidente, ya que se trata de una diferencia técnica entre el personal jurídico de ambas ramas del Congreso. El problema es que esta divergencia en algún momento puede estallar y complicar nuevamente la tramitación de este accidentado proyecto.

El exministro del Tribunal Constitucional, Domingo Hernández, cree que “podría haber un vicio de constitucionalidad de forma”, pero prefiere no ahondar su postura al no tener a la vista todos los elementos de esta situación.

El abogado constitucionalista Francisco Zúñiga coincide en que puede haber “un problema inconstitucional formal”, que se sumaría a otra duda de constitucionalidad que existe entre juristas respecto del voto de los extranjeros. “Normalmente hay acuerdo de criterios entre las dos cámaras respecto de cuáles son las normas de quórum especial. El problema se plantea ahora porque hay una disparidad de criterios”, agrega.

En vista de que esta reforma afecta a cinco leyes orgánicas constitucionales, inevitablemente el texto debe pasar por una revisión exhaustiva del Tribunal Constitucional (TC). Es precisamente en esta instancia, donde el problema podría quedar expuesto.

Incluso, existe el riesgo de que el tribunal ordene repetir o retrotraer la tramitación legislativa, al menos hasta la fase previa al envío del veto por parte del Presidente. Ello retrasaría aún más la publicación de una ley que ya está fuera de plazos, pues debía estar lista a fines de junio para no interferir en el proceso electoral en curso.

El académico Gonzalo García Pino, quien también integró del TC, cree que “sin duda, en un examen meridianamente razonable, el tribunal va a tener que pronunciarse sobre el quórum, porque tiene una consecuencia. Una de las primeras cuestiones es examinar si se satisfacen los quórum formales y va a saltar a la vista en la mera relación del proyecto, que se tramitó con quórum diferentes”.

A título personal, García Pino señala que el quórum correcto habría sido el que empleó la Cámara. “En una tramitación los vicios son subsanables o no subsabables. Este es un vicio subsanable, porque el quórum correcto es el inferior”, comenta, sin embargo, explica que igualmente habrá un margen de interpretación en el TC respecto de cómo se procede.

El origen

Esta reforma surgió a petición del propio Servicio Electoral (Servel) que, ante el estreno del voto obligatorio, propuso extender a dos días las elecciones municipales y regionales de octubre con el fin de evitar un colapso en los locales de votación ante el flujo masivo de electores.

Adicionalmente, también a sugerencia del Servel, al proyecto de se le agregaron otras medidas electorales, algunas sencillas como consagrar el uso de lápiz de pasta azul y otras más complicadas como la multa a quienes no concurrieran a las urnas o el recorte del financiamiento fiscal a las campañas (disposición solicitada por el Ministerio de Hacienda).

Con esos antecedentes, el Senado determinó que la reforma debía discutirse con un piso de cuatro séptimos de los legisladores en ejercicio, es decir con 29 senadores (o su equivalente a 89 diputados).

Sin embargo, la Cámara acordó que el piso de aprobación fuese de mayoría de legisladores en ejercicio: 78 diputados (o su equivalente a 26 senadores).

El origen de la divergencia no tiene que ver con una habitual discordia política entre parlamentarios, sino con una lectura desalineada entre los abogados de planta del Senado respecto de sus pares de la Cámara.

A juicio del secretario de la Comisión de Gobierno de Senado, Juan Pablo Durán, para esta reforma debía aplicarse el artículo decimotercero transitorio de la Constitución que señala que las modificaciones a la Ley Orgánica sobre Votaciones Populares y Escrutinios que digan relación “con el sistema electoral vigente, requerirán del voto conforme de las cuatro séptimas partes de los diputados y senadores en ejercicio”.

Esa lectura fue apoyada por el secretario general del Senado, Raúl Guzmán, mientras que los senadores que no objetaron el tema en la sala.

No obstante, el secretario de Comisión de Gobierno de la Cámara, Juan Carlos Herrera, con el apoyo de la mayoría de los diputados y del secretario general de la corporación, Miguel Landeros, interpretó que esta reforma debía tramitarse con el quórum de una ley orgánica constitucional, que, según la Carta Fundamental, implica una mayoría simple de parlamentarios en ejercicio.

Esta diferencia de criterio, que deja en dos esquinas distintas a las secretarías del Senado y la Cámara, es una rareza legislativa.

TC en jaque

Si bien el gobierno y las autoridades del Congreso prefirieron no ahondar en esta controversia, el tema no es menor, pues deja en un jaque al Tribunal Constitucional.

Si el TC le da la razón al quórum del Senado, la reforma tendría que darse por rechazada en la Cámara, pues la idea de legislar, el 1 de julio pasado, solo contó con 87 votos a favor. En ese caso, la tramitación tendría que retrotraerse a una fase muy preliminar y tendría que conformarse una comisión mixta de diputados y senadores para volver a discutir todo el proyecto.

Si el tribunal coincide con el quórum con el que votó la Cámara, la tramitación también tendría que retrotraerse. Sin embargo, en ese caso, tendría que darse por aprobado el informe de la comisión mixta que se cayó en el Senado luego que el gobierno le quitara el piso por el efecto de voto obligatorio y la multa a los extranjeros.

Ese informe de la mixta, que aplicaba la sanción monetaria a chilenos e inmigrantes, fue aprobado en la Cámara por 78 votos, pero fue rechazado en el Senado al solo contar con 25 respaldos.

No obstante, si baja el quórum, el Senado tendría que cambiar ese rechazo por una aprobación, pues ese día estaba con permiso constitucional la senadora Carmen Gloria Aravena, por lo que el piso bajaba de 26 a 25 votos.

Una tercera alternativa es que el TC haga vista gorda de la diferencia jurídico-técnica entre ambas cámaras, lo que es difícil si es que hay presentaciones de parlamentarios pidiendo aclarar el tema.

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