La minuta del gobierno que aconseja a funcionarios en caso de despido en la administración de Boric
En enero, los subsecretarios Juan Francisco Galli (Interior) y Máximo Pavez (Segpres) se reunieron con sus pares del gabinete. En esa oportunidad se entregó un texto con "orientaciones" para que funcionarios estén preparados en caso de que el futuro gobierno los remueva de sus puestos. En la cita, eso sí, recalcaron que aquellos cargos de confianza de las actuales autoridades deben dejar presentadas sus renuncias.
“Orientaciones generales frente a cesación de funciones (‘despidos’) en la administración a partir de marzo 2022″. Así se llama una minuta de ocho páginas, con fecha 14 de enero, que fue repartida a subsecretarios y funcionarios de gobierno.
Todo partió, según afirman en el Ejecutivo, con una reunión organizada por los subsecretarios de la Segpres, Máximo Pavez, y del Interior, Juan Francisco Galli, junto al resto de sus pares, y que se llevó a cabo el 17 de enero. En ella se dio cuenta de la preocupación que existe entre algunos funcionarios de gobierno por eventuales despedidos de sus cargos una vez que asuma Gabriel Boric, el próximo 11 de marzo, la Presidencia de la República.
En el encuentro se abordó la intención de que hubiese un traspaso ordenado y se entregó la minuta como un insumo para quienes fueran desvinculados en la futura administración.
Así, de acuerdo a las mismas fuentes, Galli y Pavez recalcaron que sólo debían presentar renuncias las personas que integran los equipos de confianza de las autoridades. El tema fue tratado con hermetismo en el gobierno, al punto que más de cinco subsecretarios consultados por este medio no entregaron detalles al respecto.
En la minuta -a la cual tuvo acceso La Tercera y que no tiene logo del gobierno- se entregan algunas alternativas a los funcionarios cuyos cargos puedan ser cesados. Esto, además, luego de que la Contraloría General de la República a inicios de enero emitiera un dictamen estableciendo que el Estado deberá terminar -de manera gradual- con los contratos de honorarios para funcionarios públicos “habituales y permanentes”.
De hecho, en la minuta se recuerda ese dictamen y se señala que “en la práctica, los actuales prestadores de servicios a honorarios deberán ser pasados a la contrata en 2023″ y que “en caso de incumplimiento a las nuevas instrucciones de Contraloría, el afectado podrá reclamar ante el ente contralor”.
De esta forma, en el documento se menciona que para los funcionarios con contratos o convenios a honorarios hay dos “vías sugeridas”: una demanda laboral por nulidad de despido y despido injustificado ante juzgados laborales, y la otra opción, una tutela de derechos fundamentales ante juzgado laboral.
Sobre la opción de la demanda laboral se plantea que es la alternativa “más segura, porque la Corte Suprema ha reconocido que los honorarios con sujeción horaria, sueldo mensual y sujeto a instrucciones y órdenes de jefatura debe ser tratado como una relación laboral de acuerdo al Código del Trabajo. El resultado del juicio será que se le pague lo mismo que habría obtenido de haber sido contratado bajo el Código”.
Mientras que por la tutela de derechos fundamentales ante el Juzgado Laboral, se indica que “hay que acreditar vulneraciones de derechos fundamentales adicionales al despido mismo. Por ejemplo, que el trabajador fue objeto de maltrato físico o psicológico, de discriminación”. En ese punto, la minuta recalca que “es una alternativa viable y existe jurisprudencia, pero no asegura éxito con los porcentajes de la primera”.
En cuanto al término de contrato de los trabajadores regidos por el Código del Trabajo, la minuta plantea como alternativa una demanda laboral “por despido injustificado, indebido o improcedente ante juzgados laborales”. En ese punto se establece que es la “alternativa más segura” y se entregan detalles, como que existe un plazo de 60 días para presentarla o los casos en que la acción judicial califica como despido injustificado, indebido o como despido improcedente.
Como segunda alternativa también se plantea una tutela de derechos fundamentales ante los juzgados laborales, de la misma manera que en caso de los funcionarios a honorarios.
Para los empleados a contrata, además de las demandas laborales y las tutelas de derechos fundamentales, se sugieren otras dos alternativas: poner un requerimiento de ilegalidad ante la Contraloría (con “mejores perspectivas de prosperar si el funcionario tiene más de dos años de contrata”) o también poner un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de la región respectiva.
Respecto de los jefes de gabinete, la minuta admite que “el principio de la confianza legítima no resulta aplicable respecto de los jefes de gabinete y asesores en gabinetes de ministros, subsecretarios y jefes de servicios, pues atendida la naturaleza de confianza que existe entre esas autoridades y quienes desarrollan las labores comentadas, estos no se encuentran beneficiados con la confianza legítima”.
Por esto último es que en el gobierno afirman que todas las personas que ostentan cargos de confianza les pidieron dejar presentada su renuncia antes de que arribe Boric.
Finalmente, en el texto se recalca que en caso de aquellos funcionarios elegidos por Alta Dirección Pública (ADP) se menciona que las vías de reclamación son “limitadas”, siendo las principales opciones las quejas que podrían darse por “alguna ilegalidad de la causal de renuncia no voluntaria”, como no expresar motivo de la solicitud de renuncia, pedirle que se vaya fuera del plazo de los seis meses de iniciado el nuevo periodo presidencial o no otorgar indemnización. Ahí las vías, dice la minuta, son acudir ante la Contraloría, un recurso ante la Corte de Apelaciones o la tutela de derechos fundamentales.
Consultados en la Subsecretaría del Interior, aseguraron desconocer la autoría de la minuta entregada a los funcionarios de gobierno para hacer frente a eventuales despidos en la administración entrante.
Comenta
Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.