Las otras polémicas sentencias del Tribunal Constitucional
Durante la administración de Bachelet, el tribunal objetó al menos otros cuatro proyectos emblemáticos.
Reforma laboral
Fue el primer proyecto emblemático de la gestión de la ex Presidenta Michelle Bachelet que pasó por la revisión del Tribunal Constitucional (TC) con un fallo adverso al ser objetado en sus aspectos centrales por parte del pleno del organismo. En esa oportunidad, el TC declaró inconstitucional la titularidad sindical, elemento considerado como "el corazón" de la reforma impulsada por la administración anterior, ya que permitía que los sindicatos fuesen los principales encargados de llevar adelante el proceso de negociación colectiva y ser los representantes de los trabajadores ante las empresas. Otros de los puntos del proyecto rechazado fue el que buscaba extender los beneficios del sindicato a los nuevos afiliados. La decisión significó un duro revés para el Ejecutivo, el que finalmente hizo uso de su facultad de veto.
Fortalecimiento del Sernac
Días después de perder en la segunda vuelta presidencial, el gobierno de la extinta Nueva Mayoría tuvo que enfrentar otra derrota: el fallo del TC que declaró inconstitucional el proyecto que fortalecía las facultades sancionatorias del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac). En esa ocasión, los ministros del organismo argumentaron que las sanciones solo pueden ser adoptadas "por un tribunal independiente e imparcial", concluyendo así, que -con esas nuevas facultades- el Sernac se convertiría en juez y parte. Además, el fallo del organismo objetó la constitucionalidad de la potestad normativa del servicio, ya que consideró que le otorgaba "un alcance ilimitado". Tras conocerse la decisión, el entonces ministro de Economía, Jorge Rodríguez, consideró que el Sernac quedó en una situación "incluso peor que antes".
Gratuidad
A fines de 2015, el TC se pronunció respecto de la glosa presupuestaria que establecía por primera vez el financiamiento para la gratuidad en la educación superior. El texto enviado por Hacienda fijaba que el beneficio sería exclusivo para las entonces 25 universidades del Cruch, sin embargo, el organismo desechó esa opción por considerarla arbitraria y obligó al Ejecutivo a extenderlo a las demás universidades que cumplieran con los requisitos de acreditación (cuatro años mínimo) y exclusión de controladores con fines de lucro. Los ministros establecieron que sólo se podía discriminar por un criterio socioeconómico y no por tipo de institución. Ese año hubo consenso en dejar fuera a los planteles técnicos.
Aborto
El 21 de agosto pasado, tras cinco horas de debate y con seis votos a favor y cuatro en contra, el Tribunal Constitucional rechazó los requerimientos de representantes de Chile Vamos para impedir la despenalización del aborto en tres causales -riesgo de vida de la madre, inviabilidad fetal y violación- y concluyó que la iniciativa sí se enmarca dentro de la Constitución, otorgándole luz verde. Sin embargo, ocho magistrados respaldaron una parte de la acción parlamentaria y declararon inconstitucional el artículo que autorizaba solo al médico y al personal de salud a negarse a practicar abortos, extendiendo esta potestad a las entidades prestadoras. "La objeción de conciencia es de carácter personal y podrá ser invocada por una institución", dispone el fallo, que abrió una profunda polémica.
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