Senadores de oposición y Chile Vamos llegan a acuerdo por financiamiento de campañas en plebiscito y proyecto queda despachado a la Cámara
La iniciativa está siendo discutido en una sesión especial a la que convocó la mesa del Senado, luego de que ayer fracasara la votación en sala cuando el comité de Renovación Nacional pidió una segunda revisión a la norma.
Este viernes fue aprobado en general y en particular el proyecto que regula el financiamiento de las campañas durante el plebiscito a sólo cinco días de que comience el periodo de propaganda electoral, el próximo 26 de agosto.
El proyecto fue discutido en una sesión especial a la que convocó la mesa del Senado luego de que ayer fracasara la votación en sala cuando el comité de Renovación Nacional, representado por el legislador Rodrigo Galilea (RN,) pidiera una segunda revisión de la norma.
En concreto, desde el oficialismo plantearon sus reparos a los numerales uno y tres de la iniciativa, relacionados con el monto máximo de aporte que pueden hacer las personas naturales a las campañas del ‘Apruebo’ o ‘Rechazo’ y el límite de gasto electoral de los partidos políticos.
Sin embargo, al inicio de la sesión de este viernes, el senador Álvaro Elizalde (PS) anunció que se había llegado a acuerdo en estos puntos y se presentaron tres indicaciones elaboradas en conjunto entre la oposición y Chile Vamos.
El proyecto fue primero aprobado en general por unanimidad -con 40 votos a favor- y posteriormente se votaron en conjunto los tres numerales que se presentaron en esta jornada y que terminaron siendo respaldados por 39 votos y dos abstenciones.
Detalles del acuerdo
Respecto al numeral uno del proyecto referente al aporte de personas naturales a la campaña electoral, el límite quedó establecido en 500 UF, lo mismo que para militantes de partidos políticos.
En tanto, el numeral tres de la norma sostiene que “el límite del gasto electoral para el conjunto de los comandos o partidos políticos se calculará para cada una de las opciones sometidas a plebiscito y será el que resulte de multiplicar 0,005 unidades de fomento por el número de electores habilitados a la fecha de convocatoria a plebiscito”.
El límite individual para cada colectividad “se determinará aplicando la proporción de votación obtenida en la última elección de diputados incluidos los independientes asociados”.
En caso de que “dos o más partidos deciden formar un comando, para el cálculo del límite del gasto señalado, se considerará la suma de los sufragios obtenidos por los partidos participantes”.
En el caso de las organizaciones de la sociedad civil, el límite del gasto electoral, por cada opción plebiscitada, será el que resulte de multiplicar 0,0003 UF por el número de electores habilitados a la fecha de convocatoria a plebiscito.
En tanto, para los parlamentarios independientes, el límite por cada opción plebiscitada será el equivalente al fijado para el partido político con menor límite de gasto autorizado por el Servicio Electoral.
Los partidos además acordaron eliminar el numeral 8 que establece que “los aportes regulados por la presente disposición transitoria estarán liberados del trámite de insinuación y exentos del pago del impuesto a las herencias y donaciones establecido por la ley Nº 16.271″.
Este último será resuelto por el gobierno que en los próximos días enviará una norma para regular esta materia.
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