Por qué la aprobación del impuesto a los “súper ricos” se transforma en arma de doble filo para Boric
Aunque la idea de un gravamen adicional a personas con altos patrimonios nace del Frente Amplio y el PC, al establecer un cambio tributario mediante una ley simple se fija un precedente delicado para la futura administración, ya que una mayoría circunstancial podría incluso promover una reducción de impuestos, por ejemplo, en temas demandados popularmente, como combustibles, los libros o el IVA, en general. Además, si el gobierno de Piñera recurre al Tribunal Constitucional, también existe el riesgo de que le herede el litigio a Boric, quien tendría que decidir si mantiene el requerimiento o lo retira.
“Pan para hoy y hambre para mañana” fue la velada advertencia que le hizo el lunes el ministro secretario general de la Presidencia, Juan José Ossa, al presidente electo Gabriel Boric, luego de que prosperara la idea de un grupo de diputados opositores que añadía un impuesto a los altos patrimonios dentro del proyecto que elimina exenciones tributarias para financiar la nueva Pensión Garantizada Universal (PGU).
Aunque la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó en primer trámite con apoyo unánime esta iniciativa, incluyendo el llamado impuesto a los “súper ricos”, con el voto favorable de RN, la UDI y Evópoli, en el caso de los parlamentarios de derecha había detrás una estrategia visada por el Ejecutivo.
El objetivo era no entrampar la discusión para que las nuevas pensiones comiencen a pagarse en febrero y endosarle a la futura administración de Boric la responsabilidad de frenar el nuevo tributo para personas naturales con altos patrimonios.
Si bien el impuesto a los “súper ricos” es una idea que nace del PC y del Frente Amplio (de hecho, estuvo en el programa de Beatriz Sánchez y la diputada comunista Camila Vallejo presentó una reforma constitucional en esa línea para sortear las trabas de la actual Carta Fundamental), en este caso, la medida se instalaba mediante una ley simple, lo que abiertamente desconocía la facultad exclusiva del Presidente de la República para modificar el sistema tributario. De hecho, en la oposición, senadores y diputados admiten que era solo una maniobra para presionar al Ejecutivo, en vista de la inquietud por la falta de financiamiento para las pensiones.
Sin embargo, el gobierno de Piñera, además, estaba complicado, porque algunos diputados de RN tenían ciertas simpatías por la medida que apunta a grandes fortunas personales. Incluso, ayer el diputado RN Eduardo Durán llamó al gobierno a no oponerse a este gravamen.
Para afrontar esta discusión, en un principio, la bancada de RN, representada por Francisco Eguiguren y Miguel Mellado, pidieron la votación separada del impuesto a los “súper ricos”. Sin embargo, por petición del gobierno, finalmente se retiró esa posibilidad y el proyecto terminó siendo aprobado unánimemente como un paquete cerrado (salvo dos puntos solicitados por la UDI, que tampoco prosperaron). Al final, el proyecto, con la polémica enmienda, pasó en forma íntegra al Senado, que comenzará su revisión esta semana.
Caso pasa al TC
En todo caso, la estrategia del oficialismo no implicaba aceptar una derrota. Era solo una jugada táctica apostando a revertir el punto controversial en futuras instancias. Así, el ministro Ossa, y el titular de Hacienda, Rodrigo Cerda, presentaron reservas de constitucionalidad (en vista de la vulneración de las facultades presidenciales), por lo que si el tributo a grandes fortunas llegase a pasar la valla del Senado, quedaría como alternativa una eventual impugnación ante el Tribunal Constitucional (TC).
Ese requerimiento se convertiría en un incómodo obsequio de la saliente administración de Piñera al nuevo gobierno de Boric.
De hecho, podría ser una de las últimas medidas ejecutivas de Piñera en La Moneda, y dado el receso de tribunales en febrero, es probable que la resolución de ese proceso en el TC no se zanje hasta después del 11 de marzo. Una vez despachada la iniciativa por el Congreso, La Moneda tiene un mes para recurrir al Tribunal Constitucional, que -por su parte- tiene que resolver en 10 días o en 20, si es que pide una prórroga para fallar.
Si la vista de la causa se extiende más allá del 11 de marzo, la decisión de mantener o retirar el requerimiento sería responsabilidad de Boric.
A ello se le suma un problema adicional. En marzo, cuatro ministros del TC culminan su mandato. Dos deben ser nombrados por el Congreso antes del 6 de marzo y otros dos por el nuevo Presidente después del 16 de marzo. Adicionalmente, está pendiente la designación de los ministros suplentes. Es decir, una eventual sentencia podría ser resuelta por magistrados cuyos nombres ni siquiera se conocen.
La lectura que hay en el oficialismo es que al establecer un cambio tributario mediante una ley simple se fija un precedente delicado para la futura administración, ya que una mayoría circunstancial podría incluso promover una reducción de impuestos en temas demandados popularmente, por ejemplo, en materia de combustibles, libros o el IVA, en general.
En un Congreso virtualmente empatado como será a partir de marzo, la derecha está a 10 votos en la Cámara de tener una mayoría. En el caso del Senado, el margen es más estrecho, pues a RN, la UDI, Evópoli y los republicanos les falta solo un sufragio para imponerse.
“La defensa de la iniciativa exclusiva es decisiva para la estabilidad política de cualquier gobierno. En muchos casos eso es muy difícil, porque pugna muchas veces con ideas que son tremendamente populares, pero que pueden producir efectos muy negativos en ámbitos económicos o administrativos. El Ejecutivo, ante todo, tiene que mostrar coraje permanente y aguantar la presión. Y nuestro gobierno así lo ha hecho. El futuro gobierno debe tener ese coraje o tendrá muchos problemas”, sostiene el subsecretario general de la Presidencia, Máximo Pavez.
Según el profesor de Derecho Administrativo de la Universidad de Chile Luis Cordero, aprobar un cambio tributario mediante una ley simple sin patrocinio del gobierno fija un precedente delicado y recuerda que el fallecido Presidente Salvador Allende defendió ese punto frente a algunas iniciativas promovidas por el Congreso. “El Presidente tiene la iniciativa exclusiva en materia de impuestos. Eso viene con anterioridad a la Constitución de 1980. Estuvo en los primeros debates del Tribunal Constitucional entre 1971 y 1973. Es un asunto delicado, que afecta sensiblemente la facultad presidencial. Alterar ello implica no solo subir impuestos, sino también una posible disminución”, señala.
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