Segundo retiro del 10%: Walker y Rincón piden al TC que no se acoja a trámite requerimiento del Ejecutivo porque el Senado ya rechazó la iniciativa

walker rincon
El diputado Matías Walker y la senadora Ximena Rincón, ambos de la DC.

El diputado y la senadora de la Democracia Cristiana (DC) ingresaron hoy al organismo un escrito argumentando, entre otras razones, que "hasta que la Comisión Mixta no se constituya y proponga un nuevo texto, no hay un texto constitucional objeto de análisis en el Congreso”. Esto, en relación a la moción parlamentaria de la oposición que rechazó el Senado -y ahora será vista en mixta- y que había sido enviada al TC por el Presidente Sebastián Piñera.


Un escrito ante el Tribunal Constitucional (TC) ingresaron la tarde de este miércoles el diputado de la Democracia Cristiana (DC), Matías Walker, y la senadora del mismo partido, Ximena Rincón.

En el documento, de 4 carillas, los parlamentarios piden al organismo que no se acoja a trámite el requerimiento ingresado por el gobierno el pasado 22 de noviembre, en el cual el Ejecutivo pide al TC que se pronuncie sobre el apego a la Constitución de la moción parlamentaria que busca permitir a los cotizantes retirar hasta el 10% de sus fondos previsionales, con un tope de 150 UF.

Pocos días después del envío de ese texto del gobierno al TC, el 26 de noviembre, el mencionado proyecto fue rechazado en el Senado, con lo cual la iniciativa pasó a comisión mixta. Esa misma jornada, la Cámara Alta aprobó, casi cuatro horas después, un proyecto del gobierno que permite también un retiro único de esos fondos, pero con el pago de impuestos para ciertos tramos.

El lunes, y tras revisar el libelo del Ejecutivo, el Tribunal Constitucional resolvió dejar en suspenso su resolución y pedir más antecedentes al Congreso Nacional antes de decidir si acoge a trámite el requerimiento del Presidente Sebastián Piñera.

Con ese panorama de fondo, en el escrito ingresado hoy, Walker y Rincón basan su solicitud al TC asegurando queel requerimiento (del gobierno) se sostiene en una eventual infracción a un proyecto de reforma que no es el discutido en la actualidad en el Congreso. El requerimiento no se presentó en la oportunidad correspondiente”.

Los parlamentarios fundamentan lo anterior en dos principales puntos. El primero, que “el requerimiento está impugnando el proyecto de reforma constitucional equivocado, por cuanto afirma una inconstitucionalidad del proyecto aprobado en la Cámara de Diputados pero, tal proyecto no fue discutido en el Senado hasta ahora. El texto aprobado por la Cámara de Diputados fue objeto de modificaciones en la Comisión de Constitución del Senado y, además, fue rechazado por la Sala de este órgano legislativo”.

“De esta forma, por un lado, el requerimiento está impugnando un texto que no es objeto de discusión hoy en la Cámara del Senado, es decir, hay un error en el objeto a discutir, pues se está consultado sobre las competencias en materia de reforma constitucional que tendría Congreso Nacional; y por otro, lo que es más grave, en este momento, hasta que la Comisión Mixta no se constituya y proponga un nuevo texto, no hay un texto constitucional objeto de análisis en el Congreso”, agregan en su documento.

También aseguran que “se está utilizando al Tribunal Constitucional como una instancia consultiva entre las potestades co-constituyentes del Presidente y el Congreso, cuestión que es ajena a lo dispuesto en el artículo 93 Nº 3 de la Constitución. El Tribunal Constitucional no es un órgano consultivo sobre el accionar de los poderes estatales, sino que se le efectúan peticiones de inconstitucionalidad. Esto es evidente al exigir S.S.E. que el Presidente remita copia y señale cuál es el proyecto que impugna, no existiendo claridad sobre la norma enjuiciada, sino más bien dudas sobre el alcance y límites sobre el poder constituyente derivado.

El segundo punto apunta a que, según los parlamentarios, “el requerimiento no está debidamente fundado”.

Comenta

Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.