TC valida ley de libertades condicionales pero declara inconstitucional exigencia de arrepentimiento para condenados por DD.HH
De esta manera, el pleno del TC rechaza parcialmente el recurso presentado por parlamentarios de Chile Vamos.
Este jueves, el pleno del Tribunal Constitucional validó la ley de libertades condicionales, pero declaró inconstitucional la exigencia de arrepentimiento para aquellos condenados por violación a los Derechos Humanos.
De esta manera, los ministros del tribunal determinaron rechazaron dos de las tres peticiones presentadas por parlamentarios de Chile Vamos.
En la primera parte del comunicado emitido por la entidad se lee "que por unanimidad, se rechazan los requerimientos respecto del artículo 3 bis, incisos primero, segundo letra a), y tercero, y del artículo 12, con los entendidos que se indicarán en la sentencia".
En segundo lugar "que se ha acordado acoger los requerimientos respecto del artículo 3 bis, inciso segundo, letra b), por lo que se declara inconstitucional el proyecto de ley en la parte que dispone: 'y, b) Haber manifestado su arrepentimiento mediante una declaración pública que signifique una condena inequívoca a los hechos y conductas por las cuales fue condenado y por el mal causado a las víctimas y a sus familiares'".
De esta manera, votaron por la inconstitucionalidad el presidente del TC, Iván Aróstica, "con su voto dirimente, y los Ministros señores Juan José Romero, Cristián Letelier, José Ignacio Vásquez y Miguel Ángel Fernández".
"Por su parte, los Ministros señores Gonzalo García, Domingo Hernández, señora María Luisa Brahm, señor Nelson Pozo y señora María Pía Silva, estuvieron por declarar inconstitucionales las expresiones 'su arrepentimiento', 'pública', 'y conductas por las cuales fue condenado', de modo que el precepto quedara en los siguientes términos: 'b) Haber manifestado mediante una declaración que signifique una condena inequívoca a los hechos y por el mal causado a las víctimas y a sus familiares'", indica el texto.
Finalmente, los fundamentos del fallo se darán a conocer en la sentencia a más tardar el 2 de enero del próximo año.
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