Codelco pide registrar marcas ligadas a su nuevo negocio: desde Li Corp a Litio Norte Grande y Andes Lithium

Codelco pide registrar marcas ligadas a su nuevo negocio: desde Li Corp a Litio Norte Grande y Andes Lithium

De las peticiones activadas en el Instituto Nacional de Propiedad Intelectual, Inapi, cinco ya fueron concedidos y tres se encuentran en trámite, dos de ellos con objeciones de parte del organismo. El nombre de la nueva empresa que formará con SQM aún no está resuelto, pero estas son algunas opciones.


Desde febrero, pocos meses después de pactar el primer acuerdo macro de asociación con SQM, la estatal Codelco inició el registro de varias denominaciones marcarias ligadas a su nuevo negocio: el litio.

A través de su estudio de abogados externo, Carey, Codelco ha solicitado en el Instituto Nacional de Propiedad Intelectual, Inapi, el registro de al menos ocho marcas asociadas al litio. La mayoría fue ingresada en febrero, pero otras se sumaron más tarde. Y varias, cinco de ellas, ya han sido concedidas, otras dos registran observaciones y una está en trámite.


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El nombre de la nueva empresa que formarán Codelco y SQM no está resuelto, pero entre las marcas solicitadas ya hay opciones disponibles. También podrían aparecer otras, aclara una persona ligada al negocio. El nuevo nombre será resuelto de común acuerdo entre los futuros socios, pero ya hay algo claro: no tendrá ni los apellidos SQM ni Codelco. Será un nuevo nombre. “Esto es una filial, es una empresa propia que tiene socios distintos y que va a tener una identidad propia”, respondía Máximo Pacheco a Pulso a inicios de mes sobre el nombre. “Estamos testeando alternativas y confirmando legalmente varias opciones. Cuando estás en el mercado mundial tienes que hacer un cuidadoso estudio de marcas. Estamos haciendo los trabajos para poder estar seguros que el nombre es un nombre que puede existir y no entre en conflicto en otros países, con otras empresas…”, agregaba Pacheco, sin precisar ni enumerar opciones.

Pero hay alternativas ya sobre la mesa. Entre ellas, Li Corp., un binomio que une el símbolo universal del elemento químico del litio, Li, con la abreviación empleada en el mundo para las grandes corporaciones.

El Inapi concedió ya el pasado 4 de septiembre el registro, por diez años, de la marca Li Corp para uso en cuatro categorías de productos y servicios, las mismas para las cuales han sido solicitados los otros registros: la clase 1 (litio; hierro litio; carbonato de litio; fosfato de litio; hidróxido de litio); la clase 37 (explotación minera de litio); la clase 40 (procesamiento y transformación de recursos minerales y de otras materias primas, entre otros, litio); y la clase 42 (para la exploración geofísica para la industria de la minería; muestreo de minerales, a saber, de litio).

Las otras cuatro marcas registradas son las siguientes: Nova Litio, Terramericana Litio; Andener Litio y la muy genérica y amplia Asociación Estratégica del Litio. Aun pendiente, y sin observaciones, está la marca Novandino Litio, la que fue ingresada en mayo al Inapi, después de las anteriores.

Otras dos, sin embargo, han sido objetadas por parte del Inapi.

Inapi

Objetadas: Andes Lithium y Litio Norte Grande

En los registros en el Inapi hay dos marcas que han sido objetadas por el Inapi. Una de ellas combina una referencia geográfica con el nombre en inglés del producto que Codelco pretende sumar a su portafolio: Andes Lithium.

Esa marca recibió observaciones del organismo local de registros en agosto pasado. En su resolución, Inapi dice que tienen causales de prohibición de registro las marcas iguales o que fonéticamente se asemejen a otras ya registradas para productos o servicios idénticos o similares. en ese sentido, Inapi menciona Pro Andes, la denominación del proyecto Andes Iron, de la familia Délano; y la marca Andes Geofísica.

“Teniendo en cuenta las semejanzas existentes entre los signos anteriormente examinados y a la luz de sus respectivos ámbitos aplicativos, se considera que su convivencia en el mercado generaría un evidente riesgo de confusión para los consumidores”, determinó el Inapi, que dio a Codelco 30 días para responder.

FILE PHOTO: The logo of Codelco, the world's largest copper producer, is seen at their headquarters in downtown Santiago

La empresa respondió el 4 de septiembre, a través del abogado Francisco Carey, del bufete que la representa. “La marca pedida en autos presenta diferencias ostensibles con las marcas fundantes de la observación de fondo desde un punto de vista gráfico, fonético y figurativo”, respondió al abogado sobre la marca Andes Lithium. “El registro de la marca Andes Lithium debiese ser analizado y aceptado a registro también atendiendo a su composición como conjunto y no por sus elementos aisladamente considerados”, agregó el abogado, quien reparó además en que los titulares de las marcas que menciona el Inapi no presentaron oposiciones contra el registro.

Lo mismo ocurrió con otra marca solicitada por Codelco en febrero: Litio Norte Grande, que también recibió objeciones de parte del Inapi, pero por otras razones: el Inapi consideró que “el conjunto pedido resulta descriptivo, indicativo y carente de distintividad”.

Inapi argumentó que que el signo solicitado se compone del término litio, que “corresponde al nombre de un metal alcalino, blando, de color blanco plateado y ligero, el cual es utilizado principalmente en la fabricación de baterías recargables para dispositivos electrónicos” y Norte Grande, nombre que recibe “una de las cinco regiones naturales en que tradicionalmente se divide Chile, iniciándose a partir de las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta y la mitad norte de Atacama”, por lo que la expresión Litio Norte Grande “describe las características e indica la procedencia geográfica de los productos solicitados, además de indicar la procedencia y destinación de los servicios solicitados”.

Otra vez, Codelco respondió las objeciones pidiendo aprobar la inscripción y refutó las tres consideraciones del Inapi. Dice que Litio Norte Grande “se conforma de distintos elementos notablemente distintivos y capaces de identificar un único origen empresarial”; que “no hace referencia directa a las cualidades o características de los productos que pretende proteger” y que “no comprende meros términos de uso común, ya que comprende un conjunto de elementos denominativos que deben ser considerados como un todo”.

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