Copec, Walmart y Mercado Pago acusan lobby bancario en postergación de rebaja en tasas de intercambio de tarjetas
Farmacias Cruz Verde, Walmart, Copec y Mercado Libre han llevado al Comité de Tasas de Intercambio a tribunales, acusándolo de actuar de manera ilegal y arbitraria al modificar comisiones de tarjetas de crédito y débito, beneficiando a emisores y perjudicando al comercio. Si bien las acciones fueron declaradas inadmisibles, es posible que presenten en los próximos días una reposición.
El conflicto que enfrenta al comercio, la banca y los operadores de tarjetas suma un nuevo capítulo en los tribunales. El pasado 17 de diciembre, Farmacias Cruz Verde, propiedad de la mexicana Femsa, interpuso un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago contra el Comité de Tasas de Intercambio. La empresa calificó como ilegal y arbitrario el aumento de las comisiones que se pagan con tarjetas de crédito y débito, argumentando que esta medida contradecía la rebaja previamente programada.
En su presentación, el mayor operador de farmacias del país acusó al Comité de dictar resoluciones que “aumentaron ilegalmente las comisiones aplicadas a todas y cada una de las transacciones y pagos que se realizan por medio de tarjetas de débito y crédito en Chile”. Según Cruz Verde, estas decisiones representan “un acto que no estaba facultado para dictar (ilegal) y que desconoció el criterio y estudio técnico que mandaba rebajar las tarifas (arbitrario)”.
La compañía enfatizó que “cada vez que usted usa una tarjeta de crédito o débito, parte del precio que paga corresponde a una comisión que va a parar a los bancos y emisores de tarjetas”. Además, advirtió que, como consecuencia de la resolución impugnada, “todos los comercios de Chile que reciben pagos con tarjeta están soportando un 140% de lo que deberían pagar”.
Sin embargo, apenas dos días después, el tribunal de alzada capitalino declaró inadmisible el recurso presentado por Cruz Verde. En su fallo, los jueces Jorge Luis Zepeda, Alejandro Rivera y la abogada integrante Paola Herrera concluyeron que la acción de protección “no resulta ser la vía idónea al efecto, existiendo la posibilidad de interponer una acción de reclamación de ilegalidad”.
Ese mismo día, el 18 de diciembre, Walmart, Copec y Mercado Libre presentaron sus propios recursos de protección contra el Comité de Tasas de Intercambio.
Si bien la Corte de Apelaciones de Santiago resolvió declarar ayer inadmisible estas acciones, es posible que presenten una reposición para revertir la medida, como ya lo hizo Cruz Verde.
La resolución que declaró inadmisible el recurso de la cadena de farmacias citó precedentes de casos similares. En particular, se mencionaron los recursos de protección presentados en octubre de este año por Copec y Walmart, donde el tribunal argumentó que existían otros mecanismos legales más adecuados para abordar el conflicto. Ambas acciones fueron declaradas inadmisibles en primera instancia y dicha decisión fue confirmada posteriormente por la Corte Suprema.
Walmart Chile está representada por Carla Bordoli; Copec, por Julio Pellegrini y Pedro Rencoret; Mercado Pago, por Javier Velozo y Pablo Pardo; y Cruz Verde, por José Coz.
Ilegal
En su escrito, Walmart acusó que el Comité para la Fijación de Límites a las Tasas de Intercambio “actuó de manera ilegal y arbitraria”, al extender la vigencia del segundo límite transitorio más allá del 30 de septiembre de 2024, lo que impidió que el límite definitivo comenzara a regir el 1 de octubre de 2024.
Detalló que esta medida provocó perjuicios económicos, afirmando que “la medida ilegal le ocasiona un perjuicio que se estima en aproximadamente entre 500 y 750 millones de pesos al mes”. Asimismo, señaló que este impacto económico sería mayor “mientras más tiempo dure la medida provisional ilegal acá cuestionada”.
Walmart acusó que el Comité para la Fijación de Límites a las Tasas de Intercambio incurrió en un lobby a favor de los emisores de tarjetas, favoreciendo exclusivamente sus intereses al tomar decisiones que afectan al comercio. Según la empresa, “el Comité escuchó solo a los emisores y a quienes representan sus intereses”, sin considerar las perspectivas de los comercios, quienes resultaron directamente perjudicados por la medida.
A su juicio la extensión de la vigencia del segundo límite transitorio, es una acción arbitraria y discriminatoria que “privilegió a los emisores en desmedro de los intereses del comercio y los consumidores”. Este hecho, según el escrito, vulnera garantías constitucionales como la igualdad ante la ley y la prohibición de discriminaciones arbitrarias.
Audiencias
En su acción de protección, Mercado Pago acusó directamente al Comité para la Fijación de Límites a las Tasas de Intercambio de haber cedido ante presiones ejercidas en audiencias de lobby por bancos y emisores de tarjetas, quienes se habrían opuesto a la reducción de los límites de las tasas de intercambio programada para el 1 de octubre de 2024. Según Mercado Pago, estas audiencias, realizadas entre el 24 y el 26 de septiembre de 2024, estuvieron marcadas por la falta de transparencia y publicidad.
El escrito señala que el Comité habría actuado en respuesta a una solicitud de la Asociación de Bancos e Instituciones Financieras (ABIF), aunque “el contenido específico no ha sido divulgado públicamente”. Además, denuncia que el Comité “celebró audiencias de lobby, en las que participaron mayormente Bancos, en su calidad de emisores de tarjetas de pago”, y que las decisiones posteriores se basaron casi exclusivamente en los antecedentes proporcionados por estos actores, sin garantizar el debido proceso o la participación de otros interesados en el mercado.
Mercado Pago también critica que “las razones de quienes participaron en audiencias de lobby […] habrían aludido a ciertos cambios que habrían ocurrido en la regulación de la industria y en las condiciones económicas del país”, argumentos que considera insuficientes y no corroborados. De hecho, la empresa señala que “el Comité accedió a la petición privada, que le hicieron en audiencias de lobby algunos emisores de tarjetas, de suspender o dejar sin efecto la rebaja de los límites de TI que el propio organismo había fijado mediante un acto administrativo de término”.
Emisores
El documento de Copec sostiene que las decisiones del Comité para la Fijación de Límites a las Tasas de Intercambio (CTDI) estuvieron influidas por actividades de lobby.
“Todo lo anterior, a partir de antecedentes recabados en sendas audiencias de Lobby (que tuvieron lugar el mismo día en que se resolvió la suspensión del acto administrativo original), y en donde únicamente participó un sector del mercado –los emisores bancarios y no bancarios-, que no son sino aquellos que reciben como utilidad la TI”.
En este contexto, Copec apunta que estas audiencias involucraron exclusivamente a emisores bancarios y no bancarios, actores que tienen un interés directo en mantener o aumentar las tasas de intercambio (TI), excluyendo a otros sectores del mercado. La empresa utiliza este punto para argumentar la parcialidad y falta de transparencia en la actuación del CTDI.
Declaración de los bancos
En una declaración enviada a Pulso, la Asociación de Bancos e Instituciones Financieras (Abif), señala que “las actuaciones de la Asociación de Bancos se ajustan estrictamente a nuestro ordenamiento jurídico. En este contexto, las presentaciones de la ABIF ante el Comité para la Fijación de Límites a las Tasas de Intercambio se enmarcan en la decisión de dicho organismo de convocar a las audiencias públicas realizadas el 24 y 26 de septiembre de 2024, instancia en la que la ABIF participó previa solicitud ingresada en los términos requeridos por el Comité, esto es, a través de la Ley de Lobby”.
Además, agrega que “hacemos presente que distintas personas solicitaron al Comité copia de la presentación efectuada por la Asociación de Bancos en la audiencia pública de fecha 26 de septiembre. La ABIF accedió a la entrega de la información a pesar de su derecho a oponerse en los términos contemplados en la Ley de Transparencia”.
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