Ministerio de Transporte arremete contra Uber y Cabify en Contraloría

JUAN CARLOS MUÑOZ, MINISTRO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
11/10/2023 JUAN CARLOS MUÑOZ, MINISTRO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES FOTO: MARIO TELLEZ / LA TERCERA

La autoridad cuestionó duramente la oposición que manifestaron las aplicaciones de movilidad ante la Contraloría, asegurando que buscan mantener el "estatus quo" y "la ausencia de regulación". El Ministerio de Transportes recuerda que “las empresas de aplicación de transportes irrumpieron en Chile hace años, prestando servicios de transporte de pasajeros sin sujeción a regulación alguna y -derechamente- infringiendo la legislación, lo que motivó un intenso debate que culminó con la dictación de la Ley Nº 21.553 .


El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones contestó los requerimientos que presentaron Uber y Cabify ante la Contraloría en contra del reglamento de la Ley N° 21.553, que regulará a las aplicaciones móviles de transporte de pasajeros en Chile.

La subsecretaria de la cartera, Denisse Ramírez (s), cuestionó la arremetida legal que llevan adelante ambas plataformas de movilidad, señalando incurren en una “errónea interpretación de la reglamentación”.

El 12 de enero de 2024, Uber denunció que la normativa propuesta por la autoridad “adolece de manifiestos vicios de ilegalidad e inconstitucionalidad, de modo que no puede entrar en vigencia”. Posteriormente, el 25 de enero, Cabify advirtió que la ordenanza “perjudica a pasajeros y conductores”.

Ante la arremetida de ambas compañías, la respuesta del estamento, que encabeza el ministro Juan Carlos Muñoz, presentó sus descargos de manera separada. Primero contestó el escrito de Uber el 19 de febrero y siete días después hizo lo propio por la presentación de Cabify.

Para la autoridad, “las empresas de aplicación de transportes irrumpieron en Chile hace años, prestando servicios de transporte de pasajeros sin sujeción a regulación alguna y -derechamente- infringiendo la legislación, lo que motivó un intenso debate que culminó con la dictación de la Ley Nº 21.553 que regula a las aplicaciones de transporte remunerado de pasajeros y los servicios que a través de ellas se prestan, disponiendo los requisitos de las empresas, conductores y vehículos; condiciones de operación; suspensión de inscripciones, entre otras”.

Frente a la presentación de Uber, la cartera sostuvo que “las alegaciones expuestas por el requirente se basan en una interpretación errónea de la reglamentación o en una falta de comprensión del alcance de la potestad reglamentaria con que cuenta este Ministerio; sin que se configuren las pretendidas contravenciones a lo dispuesto por la ley o la Carta Política, ya que ha sido la propia legislación la que ha dispuesto el marco de acción para esta potestad”.

“El requirente busca configurar estas pretendidas contravenciones tomando como base la situación actual en que se desenvuelve su actividad, sin que sea un argumento suficiente el mantenimiento de su estatus quo, que en este caso se traduce en la ausencia de regulación”, concluyó.

En la misma línea, ante el requerimiento de Cabify la subsecretaria de Transportes (s) sostuvo que el reglamento “ha sido objeto de un riguroso análisis, con la finalidad de satisfacer los estándares de razonabilidad técnica a los que se encuentra obligada la administración”.

“Las alegaciones expuestas por el requirente tienen como base una errónea interpretación de la reglamentación, sus alcances y consecuencias; una interpretación inexacta de los objetivos del legislador y de la entidad de la materia regulada o una falta de comprensión del alcance de la potestad reglamentaria con que cuenta este Ministerio, sin que se configuren efectivamente las situaciones y/o efectos alegados a lo largo de su presentación”, destacó.

Origen

En enero del año pasado, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones ingresó a la Contraloría el reglamento de la Ley N°21.553, que regula las plataformas tecnológicas de transporte. La ley establece una serie de exigencias a las empresas y los conductores, como una licencia profesional, que tendrá una vigencia de 12 meses; un registro y congelamiento del parque y que los vehículos estén suscritos a un registro público.

La normativa definió que los vehículos deberán tener una cilindrada equivalente 1.4. La exigencia tiene una directa relación con la potencia del motor, ya que, a más potencia, la cilindrada debe ser mayor y un mayor consumo de combustible.

El director del Centro UC de Encuestas y Estudios Longitudinales, David Bravo, elaboró un análisis del impacto en el mercado laboral que tendrá la denominada Ley Uber. El experto realizó un estudio con datos de conductores y viajes de la aplicación Uber en Chile entre 2013 y 2023.

A su juicio, unas 88 mil personas podrían quedar fuera de las plataformas de movilidad debido a estas mayores exigencias que busca imponer la autoridad a fin de igualar la cancha, como ha manifestado el gobierno, entre taxistas y conductores de aplicaciones móviles.

El estudio de Bravo estima que, del total de conductores, sólo un 18,2% de los trabajaron en diciembre de 2023 (19,6 mil) cumplen con los requisitos de licencia, antigüedad, cilindrada.

El informe concluyó que el 37,2% de los conductores no cumple con el requisito de antigüedad y cilindrada, mientras que el 78,3% no cuenta con licencia profesional.

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