SMA formuló “un cargo grave” contra la salmonera Cermaq por sobreproducción en una área silvestre protegida

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Fuente: SMA

La superintendencia inició un proceso sancionatorio tras que la empresa superar la producción permitida en casi 800 toneladas en medio de la Reserva Nacional Kawésqar.


La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) anunció que inició un proceso sancionatorio contra la salmonera Cermaq por sobreproducción en sus operaciones en la Región de Magallanes. El servicio público descentralizado estimó que el actuar de la empresa es un hecho grave.

Según la SMA, Cermaq registró una sobreproducción de más de 782 toneladas anuales en Centro de Engorda de Salmónidos Estero Navarro ubicado en la Reserva Nacional Kawésqar. “Esto se produjo en el ciclo productivo comprendido entre los meses de mayo de 2017 y junio de 2019″, precisó la institución por medio de un comunicado.

Sobre las razones de porque el hecho es grave, la SMA precisa que la producción de Cermaq se realiza en una área silvestre protegida.

El anuncio de la SMA se da en la semana en que el presidente Gabriel Boric anunció, en su cuenta pública, que la actividad pesquera tendrá una mayor fiscalización y se trabajará para impulsar una actividad más amigable con el medio ambiente.

“El Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca) de Magallanes nos hizo llegar la información respecto del ciclo productivo 2017-2019, y se pudo apreciar por el Departamento de Sanción y Cumplimiento una hipótesis de sobreproducción, que involucra superar en casi 800 toneladas el máximo autorizado por el permiso ambiental del centro”, comentó el superintendente del Medio Ambiente subrogante, Emanuel Ibarra.

Desde la SMA también explicaron que Cermaq se expone a revocación de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA), clausura de sus operaciones, o una multa de hasta 5.000 Unidad Tributaria Anual ($3.453.420.000 aproximadamente). Mientras que, la salmonera ahora tendrá un plazo de 10 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento (PDC) y de 15 días hábiles para formular sus descargos, ambos plazos contados desde la notificación del inicio del proceso sancionatorio.

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