Columna de Tammy Pustilnick: Aborto, las seis letras de la libertad
Hay quienes han tenido la astucia de señalar que las convencionales estamos abogando por un aborto sin límite de tiempo, lo cual es no comprender que este derecho, como todo derecho fundamental, puede ser limitado por ley (cláusula que por lo demás también se aprobó ya en la misma comisión). Esta es una regla general para todos los derechos y claramente los derechos sexuales y reproductivos no serían una excepción. En otras palabras, se entrega al legislador su regulación en cuanto a plazos.
Muchos cuestionamientos han surgido siempre entorno a las seis letras que componen la palabra aborto. Es que pese a estar en el siglo 21 y haber avanzado en la incorporación de la mujer en aspectos laborales, sociales y políticos (avances insuficientes eso sí), esta palabra continúa teniendo un peso moralista que ya no se acepta.
Por años nos han privado del derecho a decidir sobre nuestro propio cuerpo bajo argumentos morales, éticos, religiosos o biológicos; y ese ha sido el gran problema, esto no es un asunto de valores, sino de derechos.
Decidir sobre cómo ejercer nuestra sexualidad o el número de hijos es un tema netamente de libertad; sí, libertad. Y llama profundamente la atención que quienes abogan tan fuertemente por este principio, sean a veces quienes más se rehúsan a consagrar este derecho.
Al ser un derecho fundamental, la Convención Constitucional no podía estar alejada de debatirlo, sobre todo considerando que somos el primer órgano del mundo en escribir una constitución en paridad. Así, en la comisión de Derechos Fundamentales se debatió y votó a favor una norma que reconoce nuestros derechos sexuales y reproductivos, consagrando que el Estado debe garantizar a las personas gestantes el correcto ejercicio y condiciones adecuadas para un embarazo, una interrupción voluntaria del embarazo, parto y maternidad voluntarias y protegidas.
Aprobada esta norma se generaron múltiples cuestionamientos, todos con base moralista por supuesto, y con el fin de generar una animadversión en torno a este derecho. ¿Pensarán que las mujeres iremos en masa a abortar? ¿Pensarán que obligaremos a abortar a mujeres que no quieran hacerlo? ¿Pensarán que estamos abogando por una interrupción del embarazo “hasta los 9 meses” cómo asombrosamente algunas personas señalaron?
Hay quienes han tenido la astucia de señalar que las convencionales estamos abogando por un aborto sin límite de tiempo, lo cual es no comprender que este derecho, como todo derecho fundamental, puede ser limitado por ley (cláusula que por lo demás también se aprobó ya en la misma comisión). Esta es una regla general para todos los derechos y claramente los derechos sexuales y reproductivos no serían una excepción. En otras palabras, se entrega al legislador su regulación en cuanto a plazos.
Esta norma es un avance enorme en cuanto a la libertad; pero también en cuanto al derecho a la vida e integridad de nosotras las mujeres. Esta norma permite que aquellas que deseen interrumpir sus embarazos, lo hagan en circunstancias seguras y no clandestinas; en circunstancias donde no peligren nuestras vidas y no seamos perseguidas penalmente por ejercer nuestro derecho.
Y por lo tanto, ¿qué esperamos ahora y justo en este mes de marzo verde violeta? Que cuando este artículo suba al pleno, se consagre como un derecho, la libertad de cada mujer de decidir sobre su cuerpo aceptando que es autónoma y libre.
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