Sergio Muñoz: “Están buscando una vía oblicua para sacar a este juez que está fallando en contra o no está acorde a sus intereses”
“Conmigo se está cometiendo una injusticia”, asegura sin dudar el poderoso ministro de la Corte Suprema. El magistrado enfrenta una acusación constitucional en el Senado que, de aprobarse, pondrá fin a sus 42 años en el Poder Judicial. “Acúsenme por los fallos, pero no pueden porque las sentencias no pueden ser revisadas por otro poder del Estado”, enfatiza y agrega estar confiado en que los senadores escucharán su defensa sin ser prejuzgado.
Injusticia es una de las palabras que más repite el suspendido ministro de la Corte Suprema, Sergio Muñoz. Desde su casa, el magistrado alza su voz para responder los cuestionamientos que se han hecho en su contra en una acusación constitucional que podría destituirlo.
A sus 67 años y tras una de las carreras judiciales más sorprendentes del último tiempo, el líder de la poderosa Tercera Sala y expresidente del máximo tribunal, refuta punto por punto los cargos acusados.
En 2005 llegó a la cúspide de la judicatura, con solo 48 años, y desde ahí se ha encargado de dejar huella. Aquí entrega sus descargos y enfrenta los cuestionamientos que ha recibido por la forma en como interpreta el derecho y ejerce su labor jurisdiccional. “Me siento una persona que con las herramientas que se le entregan trata de administrar justicia y siempre considerando en el centro de las preocupaciones a las personas. Y considerando otro aspecto que es muy importante: que cada uno de los juicios que pasan por mis manos es el conflicto más importante para quienes están en él”, confiesa.
Uno de los cargos que enfrenta en el libelo es que siendo ministro de la Suprema, no denunció a su hija sabiendo que estaba teletrabajando desde Roma. ¿Cómo responde a eso?
Hay una equivocación en el planteamiento de su pregunta porque ese no es el cargo. Ese es el cargo que está en la conciencia y que han generado los medios de comunicación. El cargo es que ella fue sancionada por llenar un formulario en que señalaba que cuidaba a su mamá, cuando en realidad no era así. Ese es el cargo y que yo tendría que haber denunciado esa conducta. Respecto de ese hecho, la Corte de Apelaciones de San Miguel la absolvió. Otra jueza en Santiago por trabajar desde el extranjero también fue absuelta. Es decir, hay dos casos en que la Corte de Santiago y la Corte de San Miguel absolvieron a las personas que fueron imputadas por trabajar desde el extranjero. Entonces, si fueron absueltas, no había obligación de parte mía de denunciar la infracción. Además, mi defensa ha sostenido que ese deber de denunciar una infracción disciplinaria no existe. Quien tiene que corregir disciplinariamente a un juez es la Corte de Apelación respectiva y a la Corte Suprema el caso solo llega por vía de la apelación. En segundo lugar está el aspecto relacionado con que quien ejerce las funciones es el órgano, no el ministro.
Puedo entender que esa es la explicación jurídica, pero también hay algo de un reproche ético, quizás de sentido común. ¿No se le ocurrió decirle que eso no correspondía?
El aspecto familiar creo que no puede estar dentro del escrutinio público. Lo que es el aspecto funcionario, yo creo que sí tiene que estar dentro del escrutinio público. Lo que yo haya hecho puertas adentro de mi casa es competencia del papá respecto de una hija. También una hija que tenía 43 años y actualmente tiene 45. Pero no creo que tenga que contestar cuál es mi labor como padre. ¿O sí?
Sobre el denominado caso Fundamenta, ¿sabía que estaba resolviendo un conflicto que tenía efectos en su hija?
Lo que señala ese cargo es un aspecto que deducen los acusadores. Lo que usted me señala es una consulta más concreta, es decir, si yo sabía al momento de ver la causa, que mi hija tenía algún contrato que la obligara con la empresa. Eso yo no lo sabía. No lo sabía y hay muchos antecedentes que ha dado mi defensa de por qué no lo sabía. Probar un hecho negativo como ese es muy difícil, más aún cuando este se deduce sobre una insinuación sin expresar el hecho reprochado. Acá hay una señorita o señora de la empresa Fundamenta que dice haber oído de mi hija que moviera las platas. Y de ese hecho se extrae el cargo que se está haciendo. Esa señorita no dice que mi hija le dijo, que su papá le dijo, que había visto la causa y que sabía de la causa. No lo dice. Tampoco esa señorita afirma haberme oído a mí decir eso. Entonces es una testigo de oídas. Y los testigos de oídas son generalmente frágiles y hay muchas legislaciones que los prohíben. Mi abogado se ha encargado de decir por qué incluso esa afirmación que ella realiza no es efectiva. Pero toda la gente se queda única y exclusivamente en el tema de la frase. Y de eso se hace toda la deducción que estaba señalando al leerme el cargo. Pero, además, tenemos el antecedente de que hay que ver toda la declaración jurada de la ejecutiva. Hay muchas otras partes de la declaración que se ha demostrado con documentos que son inefectivas.
¿Por qué no se inhabilitó?
Porque no sabía. Por eso dice mi abogado, ¿qué padre que trata de proteger a la hija, vota para que el proyecto caiga? Ese fue mi voto. Mi voto fue acogiendo el recurso de casación de los vecinos porque consideré que no estaba correctamente efectuado el proceso de participación ciudadana. Y eso trae como consecuencia que tiene que hacerse una complementación con un nuevo proceso. Es decir, fallé en contra de los intereses de ella.
¿Es creíble que no haya sabido que estaba comprando en este proyecto?
Sí lo es, porque cuando ella iba en el octavo departamento, yo creo que cualquier papá da las aprensiones a su hijo. Se lo venía diciendo con anterioridad. Tuvimos un desencuentro en relación a eso. Entonces, respecto de estas otras promesas no tuve conocimiento. Incluso de algunas me enteré con mucha posterioridad a esto.
La secretaria declaró que su hija le dijo: “Mi papá me recomendó que moviera esas platas del proyecto”. ¿Desmiente haber realizado esa recomendación?
Se lo dije ya: no he dicho esa frase, porque eso no me lo atribuye a mí, no dice que oyó de mí eso.
¿El testimonio de la secretaria no tiene validez para aprobar el hecho que se le acusa?
Es un testimonio de oídas y es lo que funda toda la acusación. Un testimonio de oídas es un dicho indirecto, que no afirma que yo dije tal cosa, sino que esto es indirecto y el aludido tiene la obligación de probar un hecho negativo. Si fuera tan claro el cargo en contra mía, ¿por qué los señores diputados acusadores juntan en un solo libelo las dos acusaciones? No estoy diciendo que no haya o no se hayan señalado fundamentos, pero de lo señalado por los señores diputados, hay mucho de, podríamos decir, invento, porque me atribuyen mi injerencia en la Corte de San Miguel respecto de la sanción y muchas otras cosas que van diciendo en el hemiciclo.
¿Le molestó que la acusación fuera conjunta con Ángela Vivanco?
El secretario de la Cámara fue en reiteradas oportunidades a la comisión a señalar que esto se tenía que ver en forma conjunta. Hizo un informe en derecho a la mesa. A nosotros como defensa no nos dejaron preguntar en la Cámara, ninguna pregunta. Mi abogado se retiró porque daba lo mismo que estuviera o que no estuviera. De 10 testigos o 12 testigos expertos que presentamos nos dejaron llevar dos. La presidenta de la Cámara explicó que este era un juicio político que se hacía con los antecedentes que reunía la comisión, pero si la comisión no quiso reunir antecedentes... Respecto de los hechos, lo único que existe es la declaración jurada de una testigo. No hay más antecedentes.
¿Por qué cree que se amarró su acusación a la de Vivanco?
Antes de que eso se supiera, un periodista me escribió: “Ministro, ¿qué sabe usted de que la acusación que quieren presentar en contra suya va junto con la señora Vivanco, porque quieren amarrar la suerte suya con la de la señora Vivanco para que queden en un mismo libelo y se voten en una misma oportunidad?”. Yo le dije, creo que no puede ser, pero esta persona me dice que algo se está tramando entre los acusadores porque esto no es inocente. No estoy suponiendo intenciones. Ellos de alguna manera lo dijeron y se lo dieron a conocer a los periodistas, que eso es lo que buscaban.
Sus abogados dijeron que la votación conjunta era una violación al derecho humano, al debido proceso. ¿Lo comparte?
Absolutamente y le voy a decir por qué. Hay autores que señalan que el debido proceso debe respetarse y, sobre todo, en las primeras etapas del procedimiento, incluso en la admisibilidad, porque son las etapas más determinantes del proceso. Si a mí me hubieran acusado separadamente, ¿podría yo haber seguido otra suerte? Podría ser. ¿O alguien cree que no?
¿A qué responde esto que dice usted respecto a que no le dejaron hacer preguntas, presentar sus testigos, la votación conjunta?
Se votó en forma conjunta para que no importaran las razones, sino que simplemente la acusación pasara al Senado. Le voy a decir más. En el derecho constitucional ningún profesor enseña a sus alumnos que la Constitución hay que interpretarla a la luz de la ley. Es exactamente lo contrario. La ley hay que interpretarla a la luz de la Constitución. El artículo 19 consagra el derecho al debido proceso, el que establece que todas las personas debemos ser juzgadas por nuestros actos. Pero le voy a decir más. A lo mejor es bueno que la gente sepa que existe lo que se denomina la garantía de las garantías, que es el último número del artículo 19, que dice que cuando la ley limita, complementa o de cualquier forma llegara incluso a limitar un derecho, nunca lo puede hacer en su esencia. Es decir, no puede afectarse el derecho al debido proceso, no puede afectarse que por un hecho individual se le atribuya la responsabilidad de otra persona. Eso es lo que hay que dejar grabado a fuego. Ese es un atropello aquí y en cualquier país del mundo.
¿Por qué cree que se le involucra en acusaciones que surgieron en el marco del caso Audio y Luis Hermosilla?
Generalmente no hago suposiciones ni de alguna manera trato de introducirme en la mente de los acusadores porque estaría cometiendo un hecho de injusticia, pero con ese mensaje que recibo del periodista queda claro que se utiliza el caso Audio para ver la forma de que a un ministro, que a lo mejor por sus fallos no les causa conveniencia o que no juzga de alguna manera acorde a sus intereses, lo saquen de la Corte Suprema. Le insisto, el fundamento, todo lo que usted leyó, reposa en una declaración jurada de una testigo de oídas que no es imparcial, sino que es parcial porque es dependiente de la empresa que lo presenta.
¿Esta acusación se justifica porque quienes la apoyan no les gusta la forma en como falla?
Es lo que yo estimo personalmente, pero por los hechos como se han dado. Es decir, fundo ese parecer en hechos, en la acusación conjunta, en todo lo que se vio en la comisión, en el despliegue que se hizo para traer la explicación del señor Landeros varias veces a la comisión, en el hecho de que también la mesa adujera el mismo aspecto y después que se acordara no en una votación de la sala, sino que en comité acordar la votación conjunta de las dos acusaciones. Fíjese el lenguaje que uso: la votación conjunta de las dos acusaciones. Porque en realidad eso es lo que son: dos acusaciones por hechos distintos, a personas distintas y por hechos inconexos.
Para nadie es un misterio que la derecha ha criticado su rol como juez. Lo acusan de ser activista, que no aplica la ley ni las reglas, sino que falla pensando en principios y en derechos. Es lo que usted dijo en una entrevista, que interpretar el derecho es un arte, no una ciencia. ¿Es esta una pasada de cuenta de quienes no están de acuerdo con sus fallos?
En su pregunta usted da los elementos para la respuesta, porque hace una larga enunciación de antecedentes. Pero lo que queda más claro es que hay una crítica a los fallos. Acúsenme por los fallos, pero no pueden porque las sentencias que uno dicta no pueden ser revisadas por otro poder del Estado. Eso es lo que dice la Constitución. Están buscando una vía oblicua para sacar a este juez que está fallando en contra o no está acorde a sus intereses. O lo que yo he dicho muchas veces: que no es un juez ponderado. ¿Qué significa un juez ponderado? Es un juez socialmente domesticado a los intereses y poderes que reinan en la sociedad. Un juez que no causa problemas. Un juez que puede dejar derechos sin aplicación porque son de las minorías. Por lo menos en mi caso, voy a aplicar siempre el derecho y eso significa la Constitución, la ley, los reglamentos y todo el ordenamiento jurídico.
¿Qué es el opuesto a ese juez ponderado?
Había un ministro en la Corte de Apelaciones de Valparaíso que señalaba que no siempre había que ver la realidad desde el punto de vista que se la están tratando de demostrar las partes, que había que ser un poco más cuidadoso y darse el trabajo de encontrar todas las reglas que estaban inmersas y también todo el ordenamiento jurídico que estaba inmerso, ya que ahí podía encontrar una solución acorde al caso. Entonces, un juez que podríamos llamarlo ponderado, va a resolver el tema conforme a los elementos de juicio que le están poniendo las partes en ese proceso, pero no busca una orientación un poco más allá. En mi caso, yo trato de aplicar todos los elementos jurídicos. Hay muchos eufemismos y muchos estereotipos que se van creando. Yo siempre le he dicho a todas las personas que me critican: traigan los fallos en que usted está en desacuerdo y que dice que yo no he respetado. ¿Cuáles son?
Por ejemplo, la línea jurisprudencial de los medicamentos de alto costo.
Esto es muy fácil: entonces deroguen el derecho a la vida y nosotros no lo amparamos. Lo único que estamos haciendo es decirle a la persona que hay una constancia fehaciente que si no se le da un remedio se va a morir. Usted dice, ah, pero es que esa es su línea jurisprudencial, pero en realidad es la línea jurisprudencial de casi todas las Cortes de Apelaciones y de los cinco integrantes de la Tercera Sala. ¿Por qué tiene que ser uno el que está soportando el peso de todo? Lo soporto, porque yo he votado así.
Dicen que tiene una ascendencia especial en su sala, que es quien manda.
Creo que mando en el aspecto formal en las causas que se ven conforme a lo que da cuenta el relator, pero no mando en lo que es la determinación de cada uno de los ministros. Eso es menospreciar a mis colegas. No lo hago. Ninguno de ellos ha dicho nunca eso.
¿Es consciente que los jueces que causan problemas generan enemigos y capaz que en momentos así quieran sacar revancha?
Pero si no hay problema en generar enemigos, pero enemigos leales, no desleales. Puedo tener muchas diferencias con usted o con cualquier persona, pero voy a juzgarlo directamente por lo que le imputo, no buscando un subterfugio.
Infiero de su respuesta que considera que detrás de la acusación hay deslealtad.
Además de que sea una deslealtad, es una injusticia. Conmigo se está cometiendo una injusticia. Ellos van en contra de lo que debe ser una real convivencia en sociedad. Hay un principio de responsabilidad en la Constitución y lo asumo. Pero lo asumo por lo que he hecho, no por lo que no he hecho. Yo no puedo responder por una declaración jurada de una persona de oídas que no me hace ninguna imputación directa.
El rector Carlos Peña lo criticó con dureza, dijo que era un mal juez y que ha maltratado al derecho vigente en Chile.
Usted puede generar muchas críticas o estereotipos, pero si eso no se funda en sentencias, en realidad no me puedo hacer cargo de lo que diga este señor. Él en muchas ocasiones ha tergiversado fallos y yo le he tenido que decir que no tiene una correcta interpretación de la sentencia. Ha afirmado hechos que no son efectivos. Entonces, que diga que soy mal juez, pero tiene que sustentarlo. Hay incluso un fallo en que se me criticó por un voto en contra, porque muchas veces a mí se me pone al trasluz ni siquiera por los fallos, por las disidencias.
Otro ejemplo es el fallo de las isapres. En Chile los fallos tienen efecto solo para las partes. Pero en ese fallo, la sala dijo que tenía efectos generales. Lo criticaron por ir más allá de lo pedido, que hicieron activismo judicial. ¿Cómo responde a eso?
En Chile y en el mundo hay varias ramas del derecho. Está el derecho entre particulares y está el derecho público. En el derecho civil, para decirlo concretamente, están las normas del Código Civil como base. Hay muchas otras. Y ahí se establece el efecto relativo de las sentencias para los conflictos civiles entre particulares. Si usted y yo tenemos un conflicto, el efecto de la sentencia va a ser entre usted y yo. En el derecho público, que se rige por otras normas, el efecto de la nulidad de un acto general es para todas las personas. Y se lo voy a explicar. Si el Tribunal Constitucional declara la inconstitucionalidad de una ley, no es para la persona que lo está pidiendo, es para todos los chilenos. Eso es lo mismo que ocurre con respecto a todo acto reglamentario. Quienes dicen aplíquenle al derecho público las normas del derecho civil, ¿quién está infringiendo las normas? ¿El que aplicó la norma del derecho público al derecho público o el que quiere aplicar una norma del derecho civil al derecho público?
¿O sea, en el derecho público siempre es con efectos generales?
En el derecho público para actos reglamentarios siempre hay efectos generales. Lo que dejamos sin efecto no fue el alza de un plan, sino que se dejó sin efecto el acto de la Superintendencia, que era una circular, que aprobó el alza. ¿Se da cuenta de la diferencia? No dejamos sin efecto el alza de la isapre, dejamos sin efecto la habilitación que la isapre tenía para dictar este acto. ¿Explicado queda un poco más claro?
¿Confía en que los senadores van a hacer un juicio justo?
Estoy en una etapa del procedimiento de la acusación en que lo único que pedimos es que se escuchen los planteamientos. Cualquier persona en Chile y en el mundo, cuando es juzgada, espera que se le juzgue después de escuchar sus planteamientos. No antes. Y que no haya componentes políticos, económicos, sociales o de cualquier otro tipo que rebajen lo que es la discusión. Creo que los señores y señoras senadores van a poner todo su conocimiento y sabiduría, van a estar presentes y van a estar atentos a los argumentos que se expresen por la acusación y por la defensa.
Pareciera que está entregado...
No, no estoy entregado. Espero que sea mentira, que no sea efectivo lo que está diciendo la prensa. Porque si no, me estarían vulnerando la presunción de inocencia y el ser juzgado por un tribunal imparcial.
¿Se sintió defraudado cuando se enteró de los chats de Ángela Vivanco?
No me corresponde efectuar calificaciones personales respecto a la ministra Vivanco. Esa calificación la ha efectuado el tribunal pleno y tengo que respetar lo que dijo. Otra cosa es mi opinión personal respecto de su persona. No tuve un comportamiento de ella que me hiciera dudar en la forma como fue establecido con posterioridad por la Corte Suprema. No creo que sea la persona que tiene que emitir un juicio de reproche. Incluso yo me inhabilité.
Dicen que es el juez más influyente de la Corte Suprema. ¿Lo comparte?
Mire, tendría que detenerme un poco en lo que se considere por influyente. Si usted estima que influyente es una persona que ha propuesto los mayores cambios que han existido en el último tiempo en la Corte Suprema, sí soy influyente. Si usted me dice que yo he incidido en lo que es el cambio entre mayor probidad o no mayor probidad, yo le voy a decir que tengo que decir que soy influyente, porque he participado de eso. Si usted me dice, en cuanto a transparencia, que he estado liderando el tema de la transparencia, el tema de darle todas las herramientas a la gente para que juzgue los actos de los jueces, sí, soy influyente. Si usted me dice que transformé la estructura como actualmente trabaja la Corte Suprema en cuatro comités y que en estos cuatro comités se considerara la voz de los estamentos judiciales y de los funcionarios judiciales, de los jueces, de todos los que estamos, sí soy influyente. Si usted me dice que he propuesto un nuevo modelo de justicia para Chile, como son los centros ciudadanos de justicia, también soy influyente. Si usted me dice que he establecido la tramitación electrónica para todo el país, que es el único país en el mundo que tiene para todas las competencias la tramitación electrónica, también soy influyente. Si usted me dice que se me ha ocurrido lo que está relacionado con la biblioteca virtual de la Corte Suprema para democratizar lo que es la doctrina dentro del Poder Judicial, sí soy influyente. Si usted me dice que hice una cantidad de otras modificaciones dentro del Poder Judicial, con ley o sin ley, sí soy influyente. Pero si usted a esa influencia le atribuye que estoy influyendo en mis colegas de la forma como ellos fallan en el caso concreto, creo que es menospreciar a mis colegas y en ese aspecto no soy influyente. A cada uno lo he respetado y le doy el espacio para que diga lo que corresponde a cada uno de ellos. Si hay alguna persona que dice lo contrario, que lo señale usted. Tengo el mayor de los respetos, no solamente por mis colegas, por los relatores, por los abogados integrantes y por todas las personas. Me podrán atribuir muchas cosas, menos ser falta de respeto o no tener consideración con las personas.
Comenta
Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.