“Afectó el ecosistema de forma irreparable”: CDE demanda a salmonera por daño ambiental en parque nacional en Magallanes

nova austral
Operaciones de Nova Austral.

El Consejo de Defensa del Estado (CDE) presentó una demanda por reparación por daño ambiental en contra de Nova Austral S.A., debido a la afectación al Parque Nacional Alberto de Agostini, el que se encuentra en los fiordos del sur en la Región de Magallanes. Lo anterior, como consecuencia de la sobreproducción desde sus centros y el vertimiento de agentes contaminantes en el fondo marino sin autorización.


“Constituye un fenómeno complejo, irreversible en términos ecosistémicos, de efectos permanentes, que compromete el patrimonio ambiental de la nación”. De esta manera, el Consejo de Defensa del Estado (CDE) describe el daño producido por la salmonera Nova Austral, y contra quien el CDE presentó una demanda ante el Tercer Tribunal Ambiental por daño en el ecosistema en el Parque Nacional Alberto de Agostini en la Región de Magallanes.

La demanda presentada por el CDE surge a partir de las observaciones técnicas que hizo el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, además de las resoluciones sancionatorias de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), debido al daño ambiental irreparable en los centros de producción de salmón Cockburn 14, Cockburn 23 y Aracena 10, además del daño ocasionado en el CES Aracena 14. Esto, a raíz del vertimiento de agentes contaminantes al mar.

El texto ingresado por la institución asegura que “Nova Austral, con el fin de maximizar las utilidades provenientes de su giro, e infringiendo normas ambientales de conservación y protección, incurrió en un daño ambiental irreparable y permanente en los componentes ambientales singulares de un área colocada bajo protección oficial (...) que conforman un ecosistema prístino y vulnerable, a consecuencia de la sobreproducción de salmónidos y el vertimiento de agentes contaminantes al fondo marino”.

La empresa opera exclusivamente en la Región de Magallanes y Antártica Chilena, donde existen 19 de sus proyectos, los cuales todos están ubicados en el Parque Nacional Alberto de Agostini, en la comuna de Cabo de Hornos, Región de Magallanes. Según la demanda, la afectación al medio ambiente es de “232.790 m2, es decir 23,2 hectáreas aproximadamente, de los cuales, si se suman las áreas de dispersión de alimento no consumido y fecas, el área de daño puede extenderse hasta por cuatro veces más, alcanzando al menos los 930.800 m2, aproximadamente, esto es 93,08 hectáreas”.

Además de la acción reparatoria ambiental, también se investiga paralelamente la acción penal en contra de Nova Austral por una querella interpuesta por el mismo CDE en abril de 2020, para posteriormente ampliarla dos meses después en contra de más involucrados. Según dicha acción penal, entre 2015 y 2019 la compañía salmonera adulteró la información respecto a los índices de mortalidad y capacidad de producción de sus proyectos a través de un doble sistema de contabilidad.

Daño en el ecosistema

La demanda presentada por el CDE denuncia que se ha afectado “a la columna de agua, y el fondo marino (sedimentos), pero también al ecosistema en términos de biodiversidad, y servicios ecosistémicos”, alterando el equilibrio ecológico en las áreas donde se emplazan los proyectos.

Junto con eso, la institución pide que el daño ambiental sea “considerado en su magnitud”, no sólo en función de los componentes afectados, sino que los proyectos de la empresa que se emplazan en una misma zona geográfica y una misma área protegida.

En esa línea, sostiene que “ha hecho que las acciones perjudiciales de la empresa se extendieran más allá de las áreas particularmente afectadas, alcanzando magnitudes mayores a la superficie de las respectivas concesiones, comprometiendo el ecosistema marino propio de la ecorregión de Magallanes44, cuyas características fisicoquímicas y ecológicas (alta calidad de sus componentes ambientales, no intervenidos antrópicamente) son precisamente el aliciente para el establecimiento de las actividades de Nova Austral en la zona”.

Además, sostiene que el “deterioro o pérdida afectó no solo la columna de agua y el fondo marino del área afectada, sino que privó al ecosistema de zonas claves, caracterizadas precisamente por su alta productividad biológica, o por servir de corredores biológicos, las que fueron sustraídas de los flujos ecosistémicos”.

Finalmente, el CDE sostiene que el daño ambiental producido por Nova Austral “constituye un fenómeno complejo, irreversible en términos ecosistémicos, de efectos permanentes, que compromete el patrimonio ambiental de la nación y debe ser compensado por la titular con acciones idóneas, proporcionales a su magnitud y consecuencias a futuro, respecto de componentes ambientales propios del sur austral de Chile, sin perjuicio de las eventuales medidas de mitigación y de reparación in situ, cuando ellas sean aplicables”.

Una zona protegida

El caso presenta características singulares, esto debido a la protección que existe en la zona. Según los mismos antecedentes proporcionados por el CDE, en el archipiélago magallánico existe una amplia diversidad, encontrando, por ejemplo, bosques siempreverdes de hoja ancha, bosques deciduos, cojines de vegetación y praderas de líquenes, además de la formación de tundra y glaciares.

En detalle, en el Parque Nacional Alberto de Agostini, además de las especies endémicas de la ecorregión marina, existen 73 especies de fauna. Además de aquello, existe un corredor biológico para las aves acuáticas y mamíferos marinos, muchos de ellos en conservación marina.

La demanda del CDE asegura que “al destruirse el equilibrio ecológico del ecosistema en las áreas afectadas, se impide a este depurarse y recuperar la capacidad de carga que tenía originalmente, con la pérdida subsiguiente de servicios ecosistémicos, los que no pueden ser recuperados”.

Además de aquello, agrega que “hablamos de un ecosistema singular, característicos, cuyas condiciones básicas dicen relación no solo con sostener cultivos hidrobiológicos de especies exóticas, sino servir de hábitat particular de especies endémicas que le son propias”.

La reparación

Debido al daño ambiental de la zona, la reparación se debe dar por la “vía de la compensación ambiental”. En esa línea, el CDE solicita la “paralización permanente y definitiva de las actividades de Nova Austral en las concesiones donde se emplazan los CES Cockburn 14, Cockburn 23, Aracene 10 y Aracena 14, a fin de no continuar estresando al ecosistema”.

Además de aquello, la elaboración de un estudio diagnóstico de las áreas de los ecosistemas afectados. En esa línea, pide elaborar e implementar un plan de mitigación, recuperación y compensación ambiental con base al estudio que debe ser financiado por la salmonera.

Finalmente, este debe implementar un programa de recolonización de fauna y flora marina en las áreas afectadas en las concesiones marinas.

Comenta

Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.