“Ante la inacción de la alcaldesa Hassler, actuamos nosotros”: querellantes buscan impedir la inscripción forzosa de Sierra Bella
El pasado 25 de abril San Valentino ingresó una reclamación contra el Conservador de Bienes Raíces para forzar la inscripción de la exclínica que pretendía adquirir Santiago. Pero como el municipio no se ha hecho parte en esa arista, como critican los diputados que se querellaron por presunto fraude al Fisco, determinaron sumarse y exigir se rechace la intención de la inmobiliaria. Como argumenta el abogado, el contrato en cuestión "adolece de nulidad absoluta por causa ilícita, es la concreción material del fraude al Fisco".
Fue el pasado 25 de abril que Felipe Sánchez, dueño de Inmobiliaria San Valentino y propietario de la ex Clínica Sierra Bella, ingresó en tribunales civiles una reclamación en contra del Conservador de Bienes Raíces (CBR) de Santiago por su negativa a inscribir la escritura pública de compraventa que materializaba el millonario y polémico negocio con fijó con la Municipalidad de Santiago. Esto, con miras a forzar el término de la transacción que le permitiría hacerse de más de $ 8.200 millones de pesos y a la comuna liderada por Irací Hassler, instalar su primera clínica municipal.
La acción se desencadenó tras un informe de Contraloría que advirtió graves irregularidades en el proceso y luego de que la jefa comunal determinara suspender la compra del inmueble, lo que los dejó bastante insatisfechos. Pero pese a que el escrito fue ingresado hace más de tres semanas, desde Santiago no han emitido pronunciamiento y no se han hecho parte del proceso iniciado en el 19 Juzgado Civil de Santiago, lo que llamó la atención de los querellantes que, por la vía penal, gatillaron el inicio de una investigación por presunto fraude al Fisco.
Así, la jornada del 12 de mayo el abogado que representa a los diputados republicanos que objetaron la compra, Sergio Rodríguez, ingresó una petición donde piden a dicha instancia rechazar la reclamación de San Valentino.
“El interés de mis representados es cautelar el patrimonio municipal, por ello interpusimos acciones penales y solicitamos como medida de protección -ante el Juez de Garantía- la incautación del vale vista entregado en pago de parte del precio. Ahora, ante el intento de forzar la inscripción vía reclamo ante juez civil, nos pareció evidente mantener la misma línea de acción e intervenir, más aún ante el riesgo que debido a la inacción por parte de la alcaldesa Hassler el vendedor logre concretar el denominado “negocio del siglo” y que para nosotros no es sino un claro fraude la Fisco”, comentó el penalista a La Tercera PM.
Y agregó: “La inactividad de la imputada, además de no cumplir con la instrucción precisa de la Contraloría, no es sino otro indicio más de su intervención activa y determinante en el fraude. Pero ante la inacción de la alcaldesa Hassler, actuamos nosotros”.
Por otro lado, complementó Rodríguez, “desde el punto de vista civil, ese contrato suscrito por ambos imputados, Hassler y Sánchez, adolece de nulidad absoluta por causa ilícita, es la concreción material del fraude al Fisco, la materialidad misma del delito. Así lo han declarado los tribunales, si he sido víctima de un fraude, resulta evidente que el acto es nulo absolutamente”.
“Se infringió el deber de probidad”
De acuerdo con el escrito de 10 carillas ingresado por los querellantes, se debe rechazar la inscripción forzosa del inmueble dado que “el contrato de compraventa cuya inscripción rechazó el CBR no es sino producto de un delito del cual ha sido víctima la I. Municipalidad de -Santiago, de fraude al Fisco y que se conoce ante el 7º Juzgado de Garantía de Santiago y se investiga por la Fiscalía Centro Norte del Ministerio Público, Sr. Patricio Cooper Monti”.
“Asimismo, como ya lo ha señalado la Contraloría, se trata de un acto ilegal, ya que la I. Municipalidad de Santiago actuó fuera del ámbito de su competencia al adquirir un inmueble con destino “clínica”, actividad que no puede ejercerse por dicho tipo de entes, pues carece de la potestad para ello. Además, se trata de un acto que ha infringido el deber de probidad, es decir, el deber de una correcta administración y de resguardo de los recursos públicos/municipales, por tratarse de una compraventa a un precio muy superior al valor de mercado del objeto del contrato”, manifiestan.
Enfatizan, en la misma línea, que “resulta legalmente inadmisible proceder a inscribir el contrato de compraventa, ya que se trata del producto de un delito, ya sea de fraude al Fisco y/o de estafa, con lo cual la compraventa es un acto nulo absolutamente por tener causa ilícita”.
Agregan, asimismo, que la Corte Suprema en el caso referente a la financiera Eurolatina, donde se indagó estafa y usura, ya se sentó precedentes en la materia, pues declaró la nulidad absoluta de los contratos suscritos con la empresa, considerando que “adolecían de causa ilícita por ser contrarios al orden público”.
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