Defensa del exjefe de Inteligencia del Ejército recurre a la Corte para revocar su prisión preventiva en la Operación Topógrafo

Schafik Nazal

La defensa del exgeneral, Schafik Nazal, presentó el recurso de apelación luego de que el Séptimo Juzgado de Garantía lo mantuviera en prisión preventiva la semana pasada. El abogado de Nazal, afirma que existen nuevos antecedentes que hacen revertir la medida cautelar por la de arresto domiciliario.


Un año y siete meses ha estado en prisión preventiva, el exjefe de Inteligencia del Ejército, Schafik Nazal, quien es investigado junto al exmagistrado, Juan Antonio Poblete, en el caso denominado Operación Topógrafo, donde se indaga presuntos delitos de escuchas telefónicas ilegales.

Lo anterior, porque según el Ministerio Público, Nazal habría realizado labores de inteligencia interceptando las llamadas de diferentes personas de manera irregular, entre ellos a periodistas que investigaban el fraude en el Ejército. Todo autorizado por el exjuez Poblete.

A raíz de aquello, y tras su formalización en mayo del 2023, la defensa de Nazal, encabezada por el abogado Juan Carlos Manríquez, recurrió ante la Corte de Apelaciones de Santiago para solicitar el cambio en la medida cautelar, toda vez que la semana pasada el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago rechazó modificar la medida cautelar en contra del exoficial. El abogado de Nazal, pide en su escrito que se cambie su cautelar por la de arresto domiciliario parcial, arraigo nacional y prohibición de acercarse a las víctimas.

La apelación de Nazal va en línea de la actual situación procesal de Poblete, quien se encuentra con arresto domiciliario, luego de que la Corte Suprema revocara su prisión preventiva en agosto pasado. Antes de eso, el exjuez se encontraba detenido en el Anexo Cárcel Capitán Yáber.

La prisión preventiva

En el escrito presentado este martes por Manríquez ante la Corte de Santiago, expone que durante la audiencia de revisión de medidas cautelares del jueves 12 de diciembre, presentaron una serie de antecedentes nuevos, los que -a su juicio- se funda en el tiempo que ha estado recluido Nazal y su irreprochable conducta anterior, todo lo que lo lleva a calificar la prisión preventiva como “desproporcionada e innecesaria”, la que podría ser cubierta con el arresto domiciliario que solicita.

En el requerimiento de 21 páginas, el penalista también afirma que la resolución del tribunal de primera instancia, “causa grave perjuicio a esta parte puesto que mantiene injustamente una prisión preventiva existiendo otras medidas más proporcionadas para satisfacer la necesidad de cautela atendido el estado de avance de la investigación”.

Respecto a los argumentos entregados para revertir la prisión preventiva, Manríquez afirma en el recurso de apelación que en la audiencia se presentaron antecedentes que demuestran que existía justificación para realizar las intervenciones telefónicas cuestionadas por el Ministerio Público, toda vez que se estaban filtrando -dice- documentos secretos.

Por otro lado, la defensa de Nazal expone que la forma en la que se dio la autorización fue propuesta por el propio Poblete, lo que exculparía a su defendido de dicha responsabilidad. Por último, expone que el exgeneral se “apegó a la normativa” del Ejército para realizar las intervenciones.

Consultado al respecto, Juan Carlos Manríquez afirmó a La Tercera que “es completamente desproporcionado e innecesario que el general Nazal siga preso, pues en esta causa ha primado una mirada prejuiciosa y utilitaria de la contra inteligencia desviando el foco del debate y evadiendo que está probado que se publicaron documentos secretos obtenidos ilegalmente y que en el mismo tiempo hubo una serie de hechos que daban una causa legítima más que probable para recurrir al uso de la ley de inteligencia”.

Los antecedentes de Nazal

En el escrito ingresado ante la Corte, la defensa de Nazal reitera la serie de argumentos que presentaron ante el tribunal. En concreto, adjunta una serie de declaraciones que apoyan sus argumentos, así como también antecedentes que exponen la forma en que se llevó a cabo la operación de inteligencia.

Por otro lado, Manríquez afirma que “hay antecedentes en la carpeta investigativa que dan cuenta de cómo quienes fueron objeto de la operación intervenciones derivadas de Topógrafo se conocían y fueron justificadamente sujetos de interés de esta operación de inteligencia que buscaba desentrañar la fuente de filtraciones de documentos secretos”.

Uno de los argumentos fundamentales expuestos por Manríquez, es rebatir lo que resolvió el juez, el que fundó que el uso de la Ley de Inteligencia fue desproporcionado, que fue innecesario y que la investigación se podría haber llevado a cabo de otra forma y que habría sido ilegal e innecesario cambiar los nombres de las personas intervenidas para lograr las autorizaciones. “Esos tres argumentos se encuentran refutados con la información ingresada por esta defensa y aquella ya contenida en la carpeta investigativa”, afirma el recurso.

En ese sentido, afirma que esto último fue idea de Poblete, lo que se expone en la declaración del propio exjuez, además de otros testigos.

Sobre la Ley de Inteligencia, Manríquez afirma que dicha normativa se puede usar cuando existe un riesgo para la seguridad nacional, la que a su juicio correspondía en este caso, ya que se filtraron documentos secretos.

Por otro lado, sostiene que “fue totalmente proporcionado llevar adelante la intervención, puesto que había al menos un indicio serio, conforme se desprende de las declaraciones y antecedentes expuestos en audiencia, que habilitaba la operación de contrainteligencia respecto de cada uno de los casos”.

Respecto al uso de nombres cambiados, el escrito agrega que la Fiscalía “no ha hecho una comparación respecto a cómo lo llevó adelante Carabineros o Investigaciones en la misma época con el juez Poblete y qué tipo de acciones se realizaron, pudiéndose igualmente haberse usado nombres fingidos en esas operaciones”.

Por lo mismo, concluye pidiendo el cambio en la medida cautelar, afirmando que la resolución del tribunal de primera instancia “causa agravio a los derechos de mi representado y podría causarle un agravio irreparable si no se enmienda”.

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