El efecto colateral del nuevo Caso Bombas: ¿La Ley Antiterrorista se está convirtiendo en letra muerta?
La fiscalía formalizó a Francisco Solar y Mónica Caballero por Ley de Armas, en investigaciones que implican atentados explosivos. La razón del Ministerio Público fue que la legislación antiterrorista es más traba que aporte, porque el estándar que piden los tribunales para condenar es muy alto y la pena no es tan significativa. Parlamentarios y exautoridades coinciden en esta materia y advierten que esta norma puede caer en desuso.
Durante la investigación por los últimos artefactos explosivos que aparecieron en Santiago, que incluyeron los envíos-bombas a la 54º Comisaría de Huechuraba y al despacho en Quiñenco del exministro del Interior Rodrigo Hinzpeter, en más de una ocasión la Fiscalía Sur solicitó a los tribunales realizar diligencias en el marco de “delitos previstos en la Ley 18.314 que sanciona Conductas Terroristas y en la Ley 17.798 sobre Control de Armas”. Sin embargo, cuando a fines de la semana pasada detuvieron a los dos sospechosos por estos atentados y hubo que formalizar la indagatoria, los fiscales desecharon la primera figura legal y solo siguieron adelante con la legislación que controla el uso de armamento en población civil.
El Ministerio Público imputó a Francisco Solar homicidio frustrado, lesiones, usurpación de identidad, daños calificados y envío e instalación de artefactos explosivos en el marco de la Ley de Armas, por el ataque a la comisaría de Huechuraba y el envío de un paquete explosivo al ex ministro del Interior Rodrigo Hinzpeter, en julio de 2019. También se le imputó, junto a Mónica Caballero, presunta participación en el atentado en el edificio Tánica, en Vitacura, ocurrido en febrero de este año.
¿Por qué no los formalizaron también por delitos terroristas? “Porque tenemos una Ley Antiterrorista muy ineficiente, que no está adecuada a los tiempos que necesitamos (...) la posibilidad de lograr una sentencia condenatoria bajo esa normativa, en estos casos, es muy difícil”, explicó el fiscal regional Sur, Héctor Barros, en una entrevista a LT Domingo.
Además, dijo Barros, si hubiesen invocado “la Ley Antiterrorista con el esfuerzo que implica demostrar un dolo terrorista ante tribunales, las penas podrían ser un tercio menos de las que podemos lograr ahora. Es decir, por la Ley de Armas (...) las penas podrían llegar hasta 60 años”.
Para llegar a esta convicción, el equipo de la fiscalía hizo un análisis de las figuras penales contenidas en la legislación chilena. Primero, pensaron que el hecho de que se formalice y más adelante se acuse por Ley de Control de Armas y no por la Ley de Conductas Terroristas, no tiene impacto en la investigación, salvo la posibilidad de acceder a un periodo más largo para aplicar secreto a la causa y ampliar en más días la detención antes de formalizar, todas cosas que posibilita la Ley Antiterrorista. Pero así y todo, sacaron los cálculos que en la práctica esta última norma no entrega ningún beneficio investigativo relevante.
Asimismo, pensaron que con la modificación a la Ley de Control de Armas en 2015, este cuerpo legal resulta más punitivo que la Ley de Conductas Terroristas. Consideraron que si aplicaban esta última normativa, se agruparían todos los delitos formalizados y finalmente se aplicaría una sola pena. Igualmente, si hay distintas aminorantes, eso podría implicar rebajar la pena en relación a lo que está fijado “en abstracto”. A eso hay que sumarle -pensaron los fiscales- que la Ley de Conductas Terroristas permite el cumplimiento sustitutivo y no efectivo de la pena.
Los investigadores, además, determinaron que con la Ley de Control de Armas se suman las penas de cada uno de los delitos. Además, aunque hayan aminorantes, no está permitido rebajar en ningún grado la pena y, finalmente, esta debe cumplirse de manera efectiva, es decir, en la cárcel.
Pese a todos estos puntos, el equipo no descarta que la Ley de Conductas Terroristas pueda aplicarse en otras investigaciones, de acuerdo a los antecedentes y circunstancias de la comisión de un delito determinado. Todo se debe analizar caso a caso, indican fuentes cercanas a la indagatoria.
Hace años que fiscales, autoridades de gobierno y parlamentarios hablan de la urgencia de modificar la Ley Antiterrorista. Esta discusión comenzó a plantearse con fuerza luego de las absoluciones del caso Bombas 1 y reaparece cuando la Fiscalía de La Araucanía investiga invocando esta figura, en algunos determinados ilícitos de violencia rural. Pero los proyectos para realizar los cambios siguen estancados en el Congreso. Por esto, ya comenzaron a aparecer voces advirtiendo que esto podría traer como efecto que esta normativa entre en desuso hasta que no sea modificada, como está pasando en el caso de Solar y Caballero.
“Yo creo que tiene razón el fiscal (Barros). El artículo primero de la Ley Antiterrorista tiene tres conceptos que aunque fueron reformulados hace algunos años, igual resultan difíciles. La jurisprudencia lo ha señalado, tiene un estándar probatorio bastante difícil de llenar. Estos son que por la naturaleza de los medios empleados, o que obedece a un plan premeditado el acto terrorista, o se buscar arrancar o condicionar una decisión de la autoridad, la ciudadanía tiene un temor justificado de ser víctima de delitos similares. Como ha dicho el fiscal Barros, salvo un caso, en general no se han dado por satisfecho (el estándar probatorio) por los tribunales chilenos. Entonces, desde ese punto de vista es razonable lo que él dice”, explicó el ex fiscal nacional Sabas Chahuán.
Además, dijo que “la penalidad de la Ley de Control de Armas y Explosivos es bastante alta también, entonces no resulta tan descabellado ocupar esa ley”. Y agregó que “todos sabemos que la Ley Antiterrorista chilena requiere una reforma integral y de fondo”.
En agosto de 2019, el Senado aprobó la Ley Corta Antiterrorista ingresada por el gobierno. Esta modifica el artículo 226 bis del Código Procesal Penal, agregando el delito de terrorismo dentro del catálogo de ilícitos que permiten el uso de técnicas especiales de investigación. Después de eso, debía regresar a la comisión de Constitución del Senado para la discusión de indicaciones, donde se encuentra actualmente.
Además, hay otro proyecto que se está tramitando en el Congreso para reformar la ley, creando una nueva definición del terrorismo como tipo penal, restringir los beneficios a los condenados por esos delitos y establecer que éstos también pueden ser cometidos de manera individual.
En la misma línea que Chahuán, el ex ministro del Interior Jorge Burgos dijo que “me hace sentido lo que dice el fiscal (Barros). Que prefiera tipos penales comunes y la Ley de Control de Armas, a partir de los estándares exigidos por la jurisprudencia”. También, Burgos advirtió que “la Ley Antiterrorista corre el riesgo de caer en desuso si no se la pone al día. Son muchos años de intentos de modificación, de puesta al día, sin haberse concretado”.
El senador PPD Felipe Harboe, indicó que la modificación de 2011 exige a los fiscales no solo probar la participación, sino además la intención de causar temor en la población, lo que -según dijo- es prácticamente imposible. “Por eso es que se prefieren otras leyes. Es mejor lograr condenas que dar una pelea doctrinaria en un tribunal sin lograr sanciones. Se hace urgente la modificación de la Ley Antiterrorista”, aseguró.
En tanto, el senador RN José García Ruminot dijo que esta vez la fiscalía “ha determinado que se hace mucho más conveniente no invocar la Ley Antiterrorista, ya que al elevar el estándar se deben probar las intenciones en la forma en que se cometió el delito principal, debiendo probar el propósito de causar miedo o temor a la población”.
Por esto, apuntó a que se debe mejorar la Ley Antiterrorista, estableciendo un tipo penal especial para aquellos hechos que generen terror en la población, con criterios claros y precisos. “Es evidente que alguien que es juzgado por delitos de envío de encomienda explosiva, homicidio de carabineros en ejercicio de sus funciones, lesiones menos graves y leves, usurpación de identidad y delito de daño calificado, ha infundido miedo y temor a la población, pero entiendo la decisión tomada por el Ministerio Público”, sostuvo Ruminot.
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