Senado aprueba en particular proyecto que permite que apellido materno pueda anteceder al paterno
Además, se suma la opción de que los mayores de edad también puedan cambiar su apellido “por una sola vez”, a través de una solicitud al Registro Civil.
La Sala del Senado resolvió este martes aprobar el proyecto de ley que permite anteponer el apellido materno por sobre el paterno.
La iniciativa que ahora pasa a tercer trámite constitucional en la Cámara de Diputados, y que modifica la ley 4.808 del Registro Civil, busca que los padres puedan elegir cambiar el orden de los apellidos al inscribir el nacimiento de sus hijas o hijos en común.
Además, se suma la opción de que los mayores de edad también tengan puedan cambiar su apellido “por una sola vez”, a través de una solicitud al Registro Civil (vía administrativa).
Sin embargo, de lo anterior quedarían excluidos quienes se encuentren procesados o formalizados, o que estén condenados por delitos sexuales.
El Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Hernán Larraín, expresó que “el orden de los apellidos ha estado bajo un criterio paternal permitiendo ahora la opción de que los padres resuelvan, o cada uno cuando es adulto, poder alterar el orden de los apellidos”.
“Esto dice relación con los compromisos apuntados a nivel nacional y en nivel internacional para evitar toda forma de discriminación ir avanzando en la equidad de género”, sostuvo el ministro.
Apellido de otro ascendente
Una de las nuevas incorporaciones fue la norma que permitiría a una persona solicitar por vía judicial “usar uno u otro apellido de un ascendiente en línea recta hasta el segundo grado”, es decir, llevar el apellido de un abuelo o abuela.
Dicho punto fue aprobado por 22 votos a favor, 14 votos en contra y dos abstenciones.
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