Portazo definitivo: Panel de Expertos rechaza intento de Acciona Energía para subir precio de contrato en casi un 40%

Portazo definitivo: Panel de Expertos rechaza intento de Acciona Energía para subir precio de contrato en casi un 40%.

La firma de capitales españoles había presentado la inédita solicitud a fines de julio del 2023, y tuvo su primer traspié en junio de este año. La última instancia recursiva de sector emitió el dictamen que dió por acreditado sólo uno de los cuatro requisitos legales para modificar el precio de la energía acordado en la Licitación 2015/01.


Un portazo definitivo recibió Acciona Energía en su intento por gatillar, en forma inédita, el mecanismo de revisión de precio a contratos con los que se suministra energía en el mercado eléctrico nacional. El Panel de Expertos, el órgano colegiado encargado de dirimir los conflictos en el sector energético en Chile, emitió el pasado miércoles un dictamen en el marco de la discrepancia que la firma de capitales españoles presentó por la decisión de la Comisión Nacional de Energía (CNE), que ya había rechazado la solicitud en junio pasado.

La petición de Acciona Energía marcó un hito al ser la primera vez que un suministrador de energía pedía al regulador activar el mecanismo de revisión de precios, que se ampara en una cláusula establecida en el artículo 134 de la Ley General de Servicios Eléctricos (LGSE).

Y es que la modificación del precio además no resultaba nada menor: el precio de la energía adjudicado en dos contratos subastados en la licitación correspondiente al primer llamado de 2015 (Licitación 2015/01), debía pasar desde los US$54,895 por MWh a US$76,395 por MWh a partir del mes en que se acogiera la solicitud. En la práctica, significaba incrementar el valor en un 39,2%.

En su solicitud, la empresa aseguraba que una serie de cambios normativos habían incrementado en más de 2% los costos de la energía en forma individual, lo que les permitía acogerse a la revisión de precios. En particular, la firma aludía a que de los US$21,5 adicionales por MWh, US$13,855 se explicaban por efectos del cargo denominado Servicios Complementarios (SSCC), y US$7,645 por los Sobrecostos por Mínimos Técnicos. Así, del 100% del alza solicitada en el precio, 64,4% correspondía a SSCC y 35,6% al segundo ítem.

Respecto de los primeros, Acciona Energía afirmaba que la creación del Reglamento de SSCC, establecido por Decreto Supremo N°113 de noviembre de 2017 del Ministerio de Energía -posterior a la celebración del contrato- constituía un cambio normativo. Sin embargo, en opinión del Panel de Expertos “no constituye un cambio normativo que el Coordinador hubiese instruido la prestación de los SSCC directamente, en vez de someterlos a procesos de licitación”.

En su argumentación, la firma insistía en que ambos ítems “deben pagarse para proveer los contratos de suministro, y que no es posible traspasarlos a dichos contratos lo que, según el Informe Técnico Definitivo de los Precios de Nudo de Corto Plazo, de abril de 2016, reduciría los márgenes, amenazando la viabilidad de su operación y consiguiente provisión de los contratos comprometidos”.

Sin embargo, en su dictamen, el Panel de Expertos afirmó que “la discrepante no ha acreditado que a los cambios normativos invocados les sea causalmente atribuible un alza en los costos operacionales”, por lo determinó no acceder a la petición.

Precedente para el sector

El resultado de la solicitud de Acciona Energía era seguido desde cerca por varias de las empresas de energías renovables, que enfrentan dificultades similares al haber ofertado precios bajos que se han visto presionados con el paso del tiempo. Pero el dictamen fue suscrito por los siete integrantes del Panel, por lo que el respaldo unánime al criterio aplicado por la CNE es visto en el sector como un importante precedente para el resto de la industria.

La abogada Daniela González, socia directora de Domo Legal, y experta en regulación del sector energía, incluso, alertó de las consecuencias que este dictamen tiene para otros contratos que aún no entran en operación.

“Respecto de una materia que generaba mucha expectación, el Panel ha emitido un dictamen claro, contundente y en forma unánime. Este dictamen no es recurrible a instancias judiciales salvo acciones de cautela constitucional, los que sin embargo no han tenido éxito en el pasado. Lo anterior por cierto no implica que la autoridad no se verá enfrentada a la problemática de tener una solución para el caso de varios contratos que han iniciado o iniciarán en el futuro próximo su obligación de suministro y que será muy difícil que sean cumplidos”, indicó a Pulso.

Consultada, Acciona Energía declinó realizar comentarios sobre el dictamen del Panel de Expertos, pues indicaron que se encontraban analizando el extenso documento, que consta de 111 páginas.

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