Coloma acusa “control del discurso público” e ingresa requerimiento al TC para impugnar Comisión contra la Desinformación
Escrito fue presentado por el abogado Arturo Fermandois, en nombre del Senado. El punto central del requerimiento se basa en que la cuestionada instancia debió haber sido creada por ley y no por un decreto supremo.
Un total de 61 páginas tiene el requerimiento que durante esta jornada materializó el presidente del Senado, Juan Antonio Coloma (UDI).
El escrito patrocinado por el abogado Arturo Fermandois ingresó ante el Tribunal Constitucional, luego de que la Cámara Alta aprobara un proyecto de acuerdo en el que se le otorgaba un mandato a Coloma para solicitar un pronunciamiento respecto de la legalidad de la Comisión Asesora contra la Desinformación impulsada por el gobierno.
Este miércoles por 18 votos a favor y 11 en contra la sala del Senado aprobó la iniciativa impulsada por la UDI, RN, Evópoli, el Partido Republicano y Demócratas. A juicio de algunos legisladores existen dudas sobre la legalidad de la instancia creada al alero del Ministerio de las Ciencias y la Secretaría General de Gobierno, ya que atentaría contra la libertad de prensa y de expresión.
El punto central del requerimiento -al cual La Tercera tuvo acceso- se basa en que la cuestionada instancia debió haber sido creada por ley y no por un decreto supremo, en este caso, firmado por las ministras Aisén Etcheberry (Ciencia) y Camila Vallejo (Segegob). De acuerdo al argumento opositor, la “libertad de opinión y la de informar”, están garantizadas constitucionalmente y sólo pueden ser restringidas mediante una ley de quórum calificado.
“Que el Decreto infringe primeramente el principio y los preceptos que configuran la reserva legal -entre otros el mismo artículo 19 N°12, inciso primero de la Constitución- al abordar por vía de un simple acto administrativo una materia extremadamente sensible para el libre ejercicio y vigencia de la libertad de emitir opinión e información, asunto que la Carta Fundamental exige sea propio de un debate democrático en el seno del Congreso Nacional mediante su expresión soberana más propia, la ley, y en especial una ley de quórum calificado”, dice el escrito
El requerimiento también aborda los cuestionamientos hacia la libertad de expresión. “Que, en consecuencia, el control del discurso público que se le encarga a la Comisión mediante la facultad de calificar la veracidad o falsedad de ciertas opiniones o información -considerando que se trata de una entidad creada al alero del poder político- supone una medida que razonablemente puede producir la inhibición o condicionamiento de la libre exteriorización de ideas o divulgación de información, incurriendo en una censura previa proscrita por la Constitución, o bien en un control del discurso público”, dice el texto.
En esa línea, se agrega que “tal efecto inhibidor también podría afectar a la opinión pública en general, ya que la Comisión cuenta materialmente con el respaldo del gobierno que la convoca, por lo que toda condena a determinados discursos contará con el patrocinio del poder político”.
En otro de los párrafos, el requerimiento cuestiona el origen de la instancia: “El supuesto carácter experto, objetivo y neutro que detentaría la Comisión creada por el Decreto es simplemente ilusorio cuando se trata de calificar el contenido falso, inexacto o desinformativo de un determinado discurso o información (…) jamás puede corresponder al Gobierno ni a sus órganos la calificación de la verdad o falsedad de un determinado discurso o información”.
En esa línea, el requerimiento cuestiona que el decreto se vale del concepto “desinformación” para “evaluar” y “controlar” el ejercicio de la libertad de expresión.
“El Decreto incurre en una infracción al contenido esencial del derecho a la libertad de expresión al convocar a una Comisión, al amparo del poder político, cuyas funciones suponen calificar la veracidad o falsedad de ciertas opiniones o ideas”, finaliza el texto.
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