Suprema dice que con el fallo de las isapres “jamás hemos pretendido desbaratar ni hacer caer el sistema”
La ministra y vocera de la Corte Suprema, Ángela Vivanco, también dio luces respecto de la retroactividad que podría implicar este fallo: “Tampoco estamos diciendo que se retrotraiga la deuda a 13 años, sino al momento en que la Superintendencia fija una tabla de factores que es estándar y a la que se tenían que acoger todos”, detalló. Esa tabla se fijó en diciembre de 2019 y se empezó a aplicar en abril de 2020.
Las isapres no tienen muchas novedades respecto al modo en que se implementará el fallo que dictó la Corte Suprema el 30 de noviembre, el que ordenó a las aseguradoras de salud privadas aplicar la nueva tabla de factores a todos los afiliados y restituir los cobros realizados en exceso, y cuya implementación le corresponde a la Superintendencia de Salud de aquí al cierre de mayo.
Y si bien las isapres han alertado que “el fallo no termina con las isapres, y si esto llega a ocurrir, será porque una mala metodología de la Superintendencia lo causó”; lo cierto es que siguen con la incertidumbre respecto al modo en que se dictarán las instrucciones para ver si es posible que sostengan o no su operación.
Bajo este escenario, la ministra y vocera de la Corte Suprema, Ángela Vivanco, aclaró este jueves en radio Universo que “cuando nosotros hemos sacado fallos en esta materia, y hemos tratado de unificar la jurisprudencia dada la gigantesca judicialización que ha sucedido en esta materia, nosotros jamás hemos pretendido desbaratar ni hacer caer el sistema, ni poner en jaque económico al sistema, sino hacer cumplir el derecho, y el derecho aplicable no solamente son las normas que se aplican a las isapres, sino también los importantes fallos que ha dictado en esta materia el propio Tribunal Constitucional (TC)”.
La ministra vocera de la Suprema recordó que “el TC resolvió que había parte de la tabla de factores que estaba en la ley de isapres que era inconstitucional, y eso no lo resolvió ayer, lo resolvió en el año 2010. Es decir, han pasado casi 13 años desde que esto se resolvió. Y al cabo del tiempo nos hemos dado cuenta de que hay algunas de estas instituciones, que en vez de reconocer y de introducir en su sistema de factores el hecho de que aquí ha habido una declaración específica, en el sentido de que esta tabla de factores no puede incluir algunos elementos que ha objetado el TC, sin embargo, han seguido al paso de 13 años, aplicando factores que son inconstitucionales y que no se pueden aplicar”.
Vivanco comentó que “el manejo que se haga en cuanto a la devolución de excedentes, el ajuste de planes, etcétera, es un manejo que le corresponde a la Superintendencia, pero nadie puede invocar que cumplir con el derecho y con los lineamientos que se vienen haciendo hace 13 años, signifique que hay una justificación para que el sistema colapse y caiga”.
Añadió que “tampoco es justificación para no hacer devolución de los gastos en que incurren las personas y tenerlas eternamente un año esperando devolución de gastos o no pagando a las clínicas privadas, porque tenemos que recordar que durante los 13 años que me estoy refiriendo, aquellas instituciones que no se ajustaron al fallo del TC ganaron una gran cantidad de dinero, y en consecuencia, esto no es como que a uno de nosotros le digan de repente, oiga, usted tiene que pagar o devolver algo que usted nunca se imaginó. Se estaba en conciencia que no se estaban cumpliendo esos aspectos”.
Es más, la ministra vocera de la Suprema dio luces respecto de la retroactividad que podría implicar este fallo: “Tampoco estamos diciendo que se retrotraiga la deuda a 13 años, sino al momento en que la Superintendencia fija una tabla de factores que es estándar y a la que se tenían que acoger todos”, detalló.
Esa tabla se fijó en diciembre de 2019 y se empezó a aplicar en abril de 2020. Hasta ahora el superintendente de Salud, Víctor Torres, había manifestado que hay tres escenarios que estaban mirando respecto a la retroactividad que podría implicar este fallo para hacer eventuales devoluciones: que sea de cinco años, desde que la tabla de factores se implementó, o desde ejecutoriada la sentencia de la Suprema.
Y mencionó que “son dineros que tampoco se controlaron cómo se estaban obteniendo, y eso también, digámoslo, han pasado diversas administraciones en esta materia, así que esto no es ningún recado, ni ningún tipo de crítica a nadie. sencillamente aquí no se controló lo que estaba pasando con las isapres durante ese tiempo, y en consecuencia, es dinero que se obtuvo de acuerdo a un modelo que tenía que cambiar, nosotros no vamos a hacer observación sobre eso, porque estos son fallos de protección, no son fallos ni civiles ni criminales”.
En consecuencia, agregó: “Solo hemos dicho: aquí hay un fallo que se tendría que haber cumplido hace mucho tiempo, y la Superintendencia tuvo a bien fijar una tabla de factores el año 2019. Y de eso se trata, no estamos haciendo una historia de 13 años hacia atrás, pero sí aquí ha habido una gran cantidad de ingresos, y en consecuencia, tiene que haber condiciones para hacer devolución de aquello que al fallo corresponde, que como digo, no es todo ese periodo”.
Vivanco recalcó que “evidentemente esto se trata de que no quiebre el sistema, ni se afecten las personas. Luego, hay que dar los medios, las condiciones, para que esto sea posible de retrotraer, resolver, ajustar, y esa es fundamentalmente una tarea de esa mesa. Por eso mismo, nosotros, como Poder Judicial, no quisimos pronunciarnos en el modo de cumplir esta orden, para dejar el amplio margen a la autoridad sectorial para poder resolver este tema junto con las isapres”.
También reiteró que “no hay ninguna voluntad ni intención ni siquiera oculta en que el sistema de salud privada desaparezca, sino al contrario, que el sistema de salud privada se mantenga, pero en las bases y las pautas que el Estado de Derecho demanda. Y por eso es tan importante la tarea de la Superintendencia en relación con las isapres para dar cumplimiento a nuestro fallo”.
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