Sernac: Gobierno mira con preocupación revisión del TC sobre facultad normativa

Sernac presentvɬ= nuevo nvɬ?mero telefvɬ=nico para hacer consultas y reclamos
23 marzo 2017/SANTIAGO Presenta el nuevo nvɬ?mero gratuito de reclamos del Sernac: 800 700 100. A travvɬ©s de vɬ©l no svɬ=lo se podrvɬ°n hacer consultas, sino que ademvɬ°s ingresar reclamos, sin gastos asociados y desde celular o telvɬ©fono fijo...

Si el Tribunal decidiera declarar inconstitucional alguna de las normas del Sernac, el Ejecutivo debe promulgar como ley la iniciativa, pero sin incorporar en su texto el contenido objetado.




En una "mutación constitucional sin precedentes" o sólo en un intento por frenar el despacho a ley del corazón de la iniciativa, es lo que está en juego en el control de constitucionalidad del proyecto que fortalece el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) en el Tribunal Constitucional (TC).

La controversia se generó después que la Cámara Nacional de Comercio (CNC) enviara al Tribunal un inédito escrito, denominado "téngase presente", planteando observaciones de constitucionalidad a la reforma legal impulsada por el Ministerio de Economía.

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De acuerdo a fuentes conocedoras del proceso, al interior del Gobierno están mirando con especial atención lo que pueda suceder con la resolución que adopte el Tribunal Constitucional. La preocupación del Ejecutivo recae en que el TC declare inconstitucional la facultad normativa que se le entregan al Sernac.

Todas estas expectativas que se han levantado sobre el caso podrían quedar zanjadas hoy, luego que el pleno de ministros del TC -en una nueva sesión sobre la revisión de la causa- termine la relación y adopte eventualmente un acuerdo para la redacción de un fallo. Según los cálculos del Ejecutivo, el plazo de 30 días para que el TC resuelva se cumpliría el domingo 26 de noviembre, por lo que el contenido de la sentencia podría estar disponible la próxima semana. Sin embargo, desde el TC discrepan y advierten que el plazo para conocer el fallo podría llegar a diciembre, debido a que los 30 días corridos de plazo para resolver el control se computan, de acuerdo a la ley orgánica de la magistratura, desde que termina el estado de relación y queda en acuerdo la causa. Ello recién podría suceder mañana o la próxima semana.

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En el caso que el TC decida declarar inconstitucional alguna de las normas del nuevo Sernac, el Ejecutivo de todos modos debe promulgar y publicar como ley la iniciativa, pero sin incorporar en su articulado el contenido objetado. El único espacio para subsanar un eventual vacío legal sería a través de una ley corta, que recoja las supuestas prevenciones del Tribunal.

¿Legitimación? Más allá de las observaciones de constitucionalidad, que ya se habían hecho presente en el debate legislativo, llamó la atención del Gobierno que la Cámara de Comercio haya intentado poner a prueba el sistema constitucional con la presentación de un escrito que no estaría validado procesalmente.

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Fuentes cercanas al caso explican que el control preventivo de constitucionalidad del TC, que se encuentra regulado en su ley orgánica, no contempla dentro de su ritualidad la participación de actores particulares, por lo que la CNC no tendría la "legitimación activa" para intentar generar un procedimiento contencioso en esta causa, que podría derivar en eventuales ajustes en el proyecto.

Sin embargo, tampoco descartan en el Gobierno que el fallo del Tribunal pudiera contener "alguna sorpresa".

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